3.- FORMACIÓN, APRENDIZAJE Y EMPLEO

 

Introducción

Ficha: 3.1.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un centro de formación?

Ficha: 3.2.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un documento impreso?

Ficha: 3.3.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible una biblioteca?

Ficha: 3.4.-Pregúntame ¿cómo adaptar un puesto de trabajo en una oficina?

Ficha: 3.5.-Pregúntame ¿cómo adaptar un puesto de trabajo industrial?

Ficha: 3.6.-Pregúntame ¿cómo adaptar un puesto de trabajo de jardinería/viveros?

Ficha: 3.7.-Pregúntame ¿cómo hacer accesible un servicio de intermediación laboral?

 

Introducción

La formación, el aprendizaje y el empleo son derechos intrínsecos a nuestra condición humana, y la discapacidad no ha de ser un impedimento para ejercer dichos derechos, sino un acicate para redoblar nuestros esfuerzos, tanto los de las personas con discapacidad como los del resto de la sociedad, y conseguir que todos podamos disfrutar de la aventura del aprendizaje, la formación y el empleo.

En este tercer capítulo de la guía trataremos de la accesibilidad a estos grandes temas. Pero, antes de abordar aspectos concretos de la accesibilidad y el uso de ayudas técnicas en los ámbitos de la formación, el aprendizaje y el empleo es necesario resaltar ciertos aspectos importantes que conviene conocer acerca de la formación y el empleo en España.

Formación y aprendizaje

El derecho fundamental a la educación es el principal y primario instrumento de integración social, debiéndose hacer efectivo el derecho, ya reconocido legalmente, para alcanzar una formación gratuita que llegue hasta el nivel universitario. Sin embargo, esta formación debería contar con un apoyo organizado (de asociaciones de solidaridad, de voluntariado, etc.) que facilite la integración escolar y universitaria.

Es absolutamente preciso ilusionar vocacionalmente a los profesores, formarlos adecuadamente y apoyarles humana y materialmente, para que puedan apoyar el desarrollo de la personalidad de los alumnos con discapacidad desde edades tempranas (0 a 6 años) hasta los estudios superiores.

Ha de adaptarse la educación y la formación de las personas con discapacidad a las distintas capacidades residuales (educación personalizada) y, en la medida de lo posible, dentro de un sistema educativo normalizado, que permita a la persona con discapacidad integrarse y desenvolverse en la sociedad en condiciones de igualdad efectiva. Debe prevalecer siempre el principio de que la titularidad de dicho derecho corresponde al educando, por lo que su ejercicio -directo o a través de los guardadores o educadores- deberá adaptarse a la personalidad de la persona con discapacidad, de acuerdo con sus distintas capacidades, prevaleciendo, en caso de discrepancia o conflicto, el superior interés del menor, o de la persona con discapacidad.

También en nuestra Constitución, el Art. 27 reconoce el derecho a la educación de todos los ciudadanos, proclamando que “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”.

La formación de personas con discapacidad suele ser algo más complicada para los profesionales de la educación por la necesidad de tener que utilizar ayudas técnicas y distintos sistemas de comunicación con sus alumnos o por los aspectos relacionados con el conocimiento en el caso de personas con discapacidad intelectual. Pero, no por ello puede privarse a las personas con discapacidad de este derecho fundamental en ningún caso. Derecho que, además, está íntimamente relacionado con el empleo, cuando nos referimos a la formación laboral.

Procesos de formación laboral y discapacidad intelectual

La consideración de los problemas para el aprendizaje obliga a adaptar los procesos de formación de modo consecuente. En un trabajador sin discapacidad es necesario proporcionar la información para hacer frente al puesto de trabajo específico: el programa de ordenador nuevo que necesitará, los tipos de documentos que se copian, etc. Sin embargo, en el caso de la discapacidad intelectual será necesario complementar esta información con un entrenamiento expreso en su utilización y manejo autorregulado. He aquí algunas reglas generales que pueden orientar la formación:

1.    Modelar la conducta y los procesos de pensamiento que la acompañan. Las instrucciones directas proporcionadas de forma únicamente verbal carecen en general de efectividad. Trasladar una instrucción a la acción obliga a un grado de abstracción y transferencia que no siempre es el ajustado a las capacidades del sujeto. El modelado debe ser, además, “cognitivo”, es decir, debe venir acompañado de los pensamientos y elaboraciones que de la información se hacen al resolver la actividad. Una última observación: conviene que el modelo no presente en todos los casos una actuación perfecta. La forma en que otro trabajador se enfrenta a los errores es tan instructiva como la enseñanza de los pasos correctos para la resolución.

2.    Contextualizar la formación en las actividades ocupacionales para las que está pensada. Presentar conceptos sin que sean llevados a la práctica en ejercicios lo más parecidos posible al contexto laboral real, harán más difícil que el trabajador con discapacidad intelectual la desarrolle como ha aprendido.

3.    Desglosar la tarea en los pasos que la componen. Relacionada de forma evidente con la recomendación anterior está la realización previa de un análisis detallado de la actividad. Para modelarla adecuadamente y permitir que el trabajador tome conciencia clara de cada uno de los momentos de su tarea, debe desglosarse ésta con precisión en las fases que la componen.

4.    Facilitar la práctica reiterada de la actividad. Será necesario proporcionar más ocasiones para que un empleado con discapacidad psíquica aborde las tareas de lo que podría ser necesario en otras personas: es preferible tender al sobreaprendizaje.

5.    Este aprendizaje reiterado debe tener lugar en tareas y contextos diferenciados. Repetir la formación con ejercicios similares una y otra vez no contribuye a superar una de las principales dificultades apuntadas más arriba: la ausencia de generalización.

6.    Desarrollar todo ello en un clima de toma de conciencia. Así, se debieran proporcionar oportunidades para planificar lo que se va a hacer, supervisar los propios errores mientras se realiza la actividad y, finalmente, evaluar globalmente la efectividad y utilidad del propio aprendizaje.

7.    El uso de autoinstrucciones y autopreguntas facilitan en gran medida esta tarea. La interiorización por el trabajador de aquéllas observaciones y guías importantes para cada momento son una herramienta útil de la que podrá echar mano posteriormente.

8.    Posibilitar el contraste de puntos de vista: un verdadero aprendizaje se produce cuando las propias opiniones son  defendidas ante otro. Un modo de hacerlo es facilitando la tutorización mutua de empleados, o la resolución conjunta de tareas de aprendizaje.

9.    Por otro lado, el ritmo de presentación de la información, en general, habrá de tener un carácter más lento y pausado. Sólo así se permite un análisis cuidadoso de la misma y esta reflexión autorregulada.

El uso de ayudas técnicas para personas con discapacidad intelectual que no tengan asociadas otro tipo de discapacidades de movilidad o sensoriales, es muy escaso en la práctica, debido fundamentalmente a que apenas se han realizado desarrollos tecnológicos orientadas hacia este tipo de discapacidad. Sin embargo, la cada vez mayor presencia de este colectivo en el ámbito del empleo (especialmente en Centros Especiales de Empleo) nos ha permitido dedicarle en esta guía este espacio dedicado a las condiciones en las que debe desarrollarse su formación ocupacional y compensar, en alguna medida, la imposibilidad de contemplarle en mayor medida desde el punto de vista de la accesibilidad y el uso de ayudas técnicas.

Empleo

El artículo 35 de nuestra Constitución proclama que “todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo”. Trabajar no solo es un deber y un derecho, sino que además permite realizarse como persona y ganar el sustento propio o de su familia, integrarse mejor en la sociedad y alejar el fantasma de la discriminación.

Cuando nos planteamos el acceso al empleo de las personas con discapacidad debemos enfrentarnos a la necesidad de tener que realizar una serie de adaptaciones en el puesto de trabajo o diseñar un nuevo puesto pensando en sus capacidades residuales y en el uso de ayudas técnicas. A continuación señalaremos algunos aspectos generales poco conocidos en relación con la contratación laboral de personas con discapacidad y con la adaptación de  puestos de trabajo:

No todos los puestos de trabajo requieren ser adaptados. En muchos casos de empleo de personas con discapacidad no se detectan desajustes entre las demandas de la tarea y la capacidad funcional del trabajador.

 

En otros muchos casos las adaptaciones realizadas no tienen tanto que ver con la discapacidad del trabajador, sino con la falta de criterios ergonómicos generales en el diseño de estos puestos. La adaptación en estos casos supone un claro beneficio no sólo para el trabajador con discapacidad sino también para el resto de trabajadores que desarrollan su actividad en dichos puestos.

El coste de adaptación de un puesto de trabajo puede ser bastante reducido si se realiza un análisis previo adecuado. Un 40% de los estudios de adaptación realizados no implican ningún coste debido a que la adaptación se realiza sobre elementos espaciales u organizativos (redistribución de tareas, modificación de la forma de hacer el trabajo, cambio de ubicación de elementos, etc.). Un 90% de dichas adaptaciones han supuesto un coste que está por debajo de la subvención máxima concedida por la administración para dicho fin (900 €).

Existen algunas ayudas y bonificaciones en los supuestos de contratación laboral a trabajadores con discapacidad.

·    Las empresas que contraten temporalmente a trabajadores con discapacidad (con certificado de minusvalía) a tiempo completo, por un plazo mínimo de 12 meses y máximo de 3 años, tendrán una Reducción del 75% o el 100% (en el caso de primera contratación) de las cuotas empresariales a la Seguridad Social (S.S.).

·    Las empresas que contraten indefinidamente trabajadores con discapacidad (con certificado de minusvalía) tendrán una subvención de 3.907 € y reducción de las cuotas empresariales a la S.S. del 70% para menores de 45 años (90% si son mujeres con discapacidad) y del 90% para mayores de 45 años (100% si son mujeres). Si el contrato es indefinido a tiempo parcial, se mantendrán las bonificaciones, pero se reducirá la subvención en proporción a la jornada pactada.

·    Asimismo existe la posibilidad de solicitar subvenciones con cargo a los servicios de empleo de las Comunidades Autónomas, compatibles con las anteriores, para adaptar el puesto de trabajo o dotarle de medios de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad (hasta 901,52 €).

·    Asimismo, existe derecho a aplicarse una deducción de 4.808,10 € en la cuota integra del Impuesto de Sociedades por cada persona/año de incremento medio de plantilla de trabajadores con discapacidad (con certificado de minusvalía) contratados por tiempo indefinido. Sólo se computan para el incremento de plantilla las personas contratadas a jornada completa y por tiempo indefinido. Artículo 36 bis de la Ley del Impuesto de Sociedades. (Ley 43/1995, de 27 de diciembre, según redacción dada por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre y posteriores.)

·    Las bonificaciones previstas no podrán superar el 60% del coste salarial anual del contrato que da derecho a las mismas, cuando concurran con otras ayudas públicas para la misma finalidad.

Obligaciones de la empresa

Las empresas beneficiarias que contraten a personas con discapacidad indefinidamente están obligadas a mantener la estabilidad en el empleo de los trabajadores contratados de esta manera por un tiempo mínimo de tres años, no pudiendo despedirles sin causa justificada, y, en caso de despido procedente, deberán sustituirles por otro trabajador con discapacidad, beneficiándose solamente en este caso de las reducciones de las cuotas a la S.S. El incumplimiento supondrá la obligación de reintegrar las cantidades percibidas.

En el caso de contrato temporal, el empresario tiene la obligación de indemnizar al trabajador al fin del contrato con una cantidad equivalente a doce días de salario por año de servicio.

¿Qué aspectos debe tener en cuenta si contrata personas con discapacidad?

·        Adapte su lugar de trabajo, tanto con ajustes en los medios materiales (altura del puesto de trabajo y su iluminación, adaptación de herramientas) como con otros de carácter inmaterial (formación, horario flexible, formación de los compañeros para ayudar, si es necesario).

·        Trate al trabajador con discapacidad con naturalidad, sin favoritismos, exceptuando los que contemplen sus necesidades básicas. Esto ayudará a su plena integración y le hará sentirse como uno más de la plantilla, adaptándose rápidamente.

·        Revise la accesibilidad del entorno laboral: acceso al edificio, aseos, comedores, ascensores, puertas. Si tiene dudas o necesita realizar reformas, contrate a un profesional con experiencia demostrada en obras de accesibilidad que conozca y aplique la normativa vigente.

 

 

Ficha: 3.1

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un centro de formación? 

Descripción general

Los jardines de infancia, los colegios, los institutos, las facultades, las academias, las autoescuelas, algunos centros de trabajo, etc. son centros de formación donde habitualmente se desarrollan los procesos formativos reglados o no reglados. La importancia de estos centros como infraestructura básica para el sistema educativo oficial y extraoficial es tal, que su diseño debe garantizar que todas las personas puedan formar parte de ese proceso de transmisión y adquisición de conocimientos.

La mayoría de las personas con discapacidad, según las encuestas del Instituto Nacional de Estadística y del Instituto Nacional de Empleo, tiene un nivel de formación bajo, lo cual puede ser debido, en gran parte, a las dificultades que estas personas tienen para el acceso a los edificios, al transporte y a la información y el conocimiento a través del sistema educativo normalizado.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación señalamos los principales elementos que garantizarán la accesibilidad integral a un centro de formación:

·    Llegada al centro. El transporte público que llega hasta el centro debe contar con líneas accesibles (véase capítulo 4). El centro debe disponer de un número suficiente de plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad (véase ficha 2.9).

Deben existir itinerarios accesibles desde las paradas de transporte público más cercanas, las plazas de aparcamiento accesibles y otros puntos que resulten de interés hasta la entrada principal al centro, incluidos los paneles y señales informativas exteriores (véase fichas 2.2 y 2.4).

·    Acceso al edificio. En caso de ser necesario el cambio de nivel para llegar a la entrada se requerirán escaleras, rampas y/o ascensores accesibles (véanse fichas 1.3 y 1.4). La puerta de entrada debe cumplir las características propuestas en la ficha 1.5.

·      Interior del centro. Las dimensiones del vestíbulo deben permitir el desplazamiento de una persona con movilidad reducida. Evaluar las características de los pavimentos (véase ficha 2.1).

Las áreas y mostradores de recepción, las puertas interiores y los pasillos deben ser accesibles (véanse fichas 1.11 y 1.5). Deberá evaluarse también la accesibilidad de escaleras, rampas y ascensores (véanse fichas 1.3 y 1.4). Las dimensiones y la ordenación de los elementos dentro de las dependencias del edificio debe permitir el desplazamiento  de una persona con movilidad reducida.

Las señales y paneles informativos interiores y exteriores deben ser claramente perceptibles y comprensibles por cualquier persona (véase ficha 1.12). Evaluar la iluminación, colores y contraste entre paredes, suelo y puertas.

El centro debe contar con aseos accesibles (véase ficha 1.6). Si dispone de servicios de cafetería y/o restaurante, éstos deben cumplir las características de accesibilidad que se especifican en la ficha 5.7.

Las instalaciones deportivas, en caso de existir, deberán garantizar su uso por parte de cualquier usuario. Para ello deberá contemplar las observaciones presentadas en la ficha 5.10.

En centros educativos infantiles que cuenten con parques infantiles se deberá evaluar y garantizar la accesibilidad de los mismos para los niños con discapacidad (véase ficha 5.8).

·      Interior de las aulas. Las dimensiones y la distribución del mobiliario en las salas debe permitir el desplazamiento de una persona que utilice ayudas técnicas para su movilidad. Para ello, se crearán zonas de paso de anchura mínima de 1,20 m, y algún espacio libre en el que se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro, como máximo cada 10 m.

En ocasiones será necesario sustituir la mesa o la silla de algún alumno para adecuarse a sus necesidades concretas. El asesoramiento debe llevarse a cabo por un profesional especializado, que realice una valoración funcional y determine la solución a adoptar en cada caso. Como norma general,  incluimos estas recomendaciones:

o       Las mesas deben permitir la aproximación frontal de un usuario de silla de ruedas por lo que (en el caso de adultos)  contarán con una altura libre mínima de 0,70 cm desde el suelo a la parte inferior del tablero.

o       Es interesante disponer de mesas de distintos tamaños y  altura regulable para adaptarse a los diferentes usuarios.

o       Es aconsejable que las sillas sean de uso individual, y no tipo banco para dos o más personas, para que puedan sustituirse por sillas especiales, si fuera necesario.

o       Evitar las sillas con pala.

El color del mobiliario debe contrastar con el del suelo y las paredes.

Resulta conveniente preguntar a las personas con discapacidad sensorial cuáles son sus necesidades concretas (en cuanto a acústica, ángulo de visión, iluminación etc.) para así reservar asientos para personas sordas o con discapacidad auditiva, tanto si comunican en lengua oral como si son usuarias de lengua de signos, y personas con problemas de visión. De no ser posible, será conveniente reservar asientos para estas personas en las primeras filas.

En caso de que el aula disponga de estrado, éste debe ser accesible a profesores, formadores o ponentes con movilidad reducida.

La iluminación será uniforme y sin reflejos y se contará con sistemas de apoyo para la audición como el bucle que mejora la señal auditiva para usuarios de prótesis auditivas (audífono e implante coclear).

Las aulas de informática, laboratorios y talleres contarán con las ayudas técnicas que resulten necesarias en función de las necesidades de las personas con discapacidad que utilicen estos recursos, ya sean éstas profesores o alumnos. Para ello, los documentos de matriculación en el centro, deben permitir solicitar dispositivos de apoyo técnico para personas con discapacidad.

·      Comunicación y transmisión de información. La documentación impresa que se entregue a los alumnos debe cumplir las condiciones de accesibilidad recogidas en la ficha 3.2. Toda la documentación debe entregarse con anterioridad al momento en que ha de ser utilizada, excepto en los casos en que esto sea imposible por el carácter de la documentación (por ejemplo, un examen).

Si se utilizan transparencias, presentaciones informáticas o diapositivas debemos asegurarnos de que sean fácilmente perceptibles, facilitando copias en folletos con formato grande o en braille. La letra de las presentaciones será de tamaño 24 en texto con todo en mayúsculas y 32 o mayor en texto en mayúsculas y minúsculas. La fuente será legible: Verdana, Arial, Helvética o Universal. Las presentaciones deberán ir acompañadas por una descripción verbal, con una redacción fácilmente comprensible.

Las exposiciones verbales deben ser claras,  realizarse con un volumen de  voz alto y con un ritmo adecuado. Se deben leer todos los encabezados en voz alta y describir los dibujos o gráficos. Si alguien pregunta en clase habrá que repetir las preguntas al dar las respuestas. Además, será necesario reproducir toda la información a través de soporte escrito, valiéndose de tableros, paneles, etc.

La transmisión de información deberá contemplar las diferentes formas de comunicación de las personas sordas (lengua oral y lengua de signos) para garantizar las necesidades individuales de cada alumno.

Se podrá disponer de sistemas de comunicación alternativa que faciliten la transmisión de información (véase ficha 6.1).

En centros infantiles se dispondrá de juguetes adecuados para los niños con limitaciones en su actividad (véase ficha 5.14).

·    Profesores. Los profesores del centro deben conocer perfectamente la problemática concreta de la persona con limitaciones en su actividad, las peculiaridades de dichas limitaciones y la manera de comportarse, educar y comunicarse con sus alumnos con requisitos especiales.

Formación por Internet (e-learning)

Este tipo de formación es cada vez más común en la actualidad, ya que supone un enorme ahorro de recursos (infraestructuras, profesores, tiempo para desplazamientos, etc.) y es relativamente fácil de hacer accesible. Para ello, el alumno deberá contar con un  ordenador que responda a sus necesidades y requisitos de accesibilidad concretos (véase ficha 6.7), y también deberá disponer de los programas informáticos accesibles que necesite (véase ficha 6.6).

Por otra parte, la entidad que imparte la formación deberá contar con una página en Internet accesible (véase ficha 6.11) en la que se carguen los contenidos de la formación y desde la que el alumno pueda descargarlos. Toda esa información debe ser clara y comprensible, adaptada a las características lectoras y culturales del colectivo al que se dirige. La página de Internet también puede permitir el desarrollo de actividades como ejercicios prácticos, debates, foros, correo electrónico, etc.

¿Dónde conseguir más información?

·        Acceso e Integración de estudiantes con discapacidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid. Internet: www.madrid.org/universidades/estud_discap/acceso_univ_madrilenas.html

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Leyes de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras de las comunidades autónomas.

·        España. Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.2

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un documento impreso? 

Descripción general

La documentación impresa ha sido el medio más utilizado para transmitir información en nuestra sociedad durante siglos. Todavía hoy, pese al claro avance de la información digitalizada, el papel sigue siendo el soporte preferido por la mayor parte de la sociedad para obtener y almacenar información. El material impreso resulta pues un recurso básico, indispensable para informar, comunicar, formar, educar, publicitar, etc.

Sin embargo, en función de cómo se hayan diseñado los documentos impresos podremos considerarlos accesibles o no para determinadas personas. La información impresa, pese a su histórica tradición, puede resultar discriminatoria en determinadas condiciones. La información visual mediante métodos alternativos de comunicación o el uso de lengua de signos y la información sonora o en braille se convierten pues en buenas alternativas al documento impreso para determinadas personas con limitaciones sensoriales.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación señalaremos algunos criterios fundamentales para hacer que la información impresa pueda estar disponible para todos sus potenciales usuarios:

·     Encuadernación. Debe permitir abrir la documentación por cualquier página sin precisar sujeción      para mantenerla abierta. Las encuadernaciones de anillas o de espiral son las más fáciles de manejar.

·      Papel. Deberá utilizarse papel no deslizante, mate, no muy satinado ni plastificado, de color hueso, o pastel (azul o amarillo) y con un gramaje que no se transparente lo escrito en la otra cara.

·      Contraste. Alto entre el color del papel y la letra. El mejor contraste se consigue con papel de color blanco, crema o amarillo y tinta negra. El fondo del texto debe ser liso.

·      Composición: Debe ser simple y uniforme a lo largo del documento. Texto alineado a la izquierda; párrafos en bloque, sin justificarlos o centrarlos. Espacio amplio en los márgenes izquierdo y derecho. El espacio entre líneas dependerá del tipo de fuente que se utilice. Se recomienda que el espaciado tenga un tamaño igual al 25-30% del tamaño de la fuente. Evitar líneas y párrafos largos y recurrir a viñetas o listas. Columnas muy diferenciadas con espacios o barras.

·      Letra. Tamaño grande (recomendable: 14; mínimo: 12), fuente legible (Verdana, Arial, Helvética o Universal) y con números claros. Los espacios entre palabras serán los que se correspondan a la fuente y el tamaño de letra utilizados; estos espacios serán regulares a lo largo del texto. Se debe procurar no escribir frases completas en mayúsculas, ya que de esa forma se eliminan pistas que ayudan a la lectura, como la diferencia en la altura de las letras. La cursiva se utilizará para enfatizar alguna palabra, ya que no es recomendable para lecturas continuadas.  Los encabezados deben ser claramente diferentes (negrita, mayor tamaño, etc.).

·      Información gráfica. Esta información deberá acompañarse de una descripción textual de su contenido. Es recomendable que los dibujos y fotografías sean sencillos.

·      Lenguaje. Explicar la jerga y los acrónimos. Crear frases cortas, directas y claras. Evitar palabras largas y complejas y largas sucesiones de ideas separadas por comas.

·      Otros elementos. Evitar informaciones que se sirvan sólo del color. La información en páginas web también es información impresa, aunque tiene la ventaja de poderse diseñar en lenguaje html que resulta legible por los lectores de pantalla (véase ficha 6.11).

·      Sistemas de transmisión de información alternativos al impreso. Resulta siempre conveniente contemplar la posibilidad de que la información se entregue también en otros formatos complementarios o sustitutivos del impreso como el electrónico, el auditivo, el visual (luces, signos, señales, movimiento) el táctil (braille), o el gráfico. Para más información sobre sistemas de comunicación alternativos véase la ficha 6.1.

¿Dónde conseguir más información?

·     Acceso e Integración de estudiantes con discapacidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid. Internet: www.madrid.org/universidades/estud_discap/

·        A Guide to Making Documents Accessible to People Who Are Blind or Visually Impaired. Internet:

www.acb.org/accessible-formats.html

·        International Society for Augmentative and Alternative Communication. Internet:

www.isaac-online.org/select_language.html

·        ONCE: Recomendaciones para presentar textos impresos accesibles a personas con deficiencia visual. Internet:www.once.es/appdocumentos/once/prod/SS-AP%20Recomendaciones%20textos%20impresos.doc

·        Producing Accesible Documents.  Internet:

www.zephryus.demon.co.uk/geography/tvs/docs/reading.html

·        Universally Accessible Design for Printed Documents. Internet:

www.natdisteam.ac.uk/Accessible%20printed%20documents.doc

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Norma UNE 139801:2003 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad al ordenador. Hardware.

·        Norma UNE 139802:2003 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad al ordenador. Software.

·        Norma UNE 139803:2004 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la web.

·        ONCE (2003): Accesibilidad para personas con ceguera y deficiencia visual.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.3

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible una biblioteca? 

Descripción general

Las bibliotecas constituyen una importante fuente de recursos educativos para niños, jóvenes y adultos. Promueven la lectura y sirven de vía de acercamiento a la cultura y el arte para los ciudadanos a través de la utilización en sala y el préstamo de libros, revistas, tebeos, discos, vídeos, DVD’s, etc. Estos lugares, ya sean presenciales o virtuales, tienen una relevancia especial para personas con determinadas discapacidades, como por ejemplo las personas con discapacidades auditivas que tienen dificultades para acceder a la información oral pero que pueden acceder a esa misma información a través del formato escrito.

Además, las bibliotecas constituyen uno de los principales lugares de estudio e intercambio de información educativa. Dada su importancia y el carácter de acceso público de la mayoría de las bibliotecas deben ser lugares en los que la accesibilidad quede garantizada para todos los ciudadanos, así como el acceso a la documentación y la información.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral

A continuación indicamos los principales criterios para garantizar la accesibilidad integral a las bibliotecas:

·    Llegada a la biblioteca. El transporte público que llega hasta la biblioteca debe ser accesible  (véase capítulo 4). El edificio debería disponer de un número suficiente de plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad (véase ficha 2.9).

Deben existir itinerarios accesibles desde las paradas de transporte público más cercanas, las plazas de aparcamiento accesibles y otros puntos que resulten de interés hasta la entrada principal a la biblioteca (véase ficha 2.4).

·    Acceso al edificio. En caso de ser necesario el cambio de nivel para llegar a la entrada se requerirán escaleras, rampas o ascensores accesibles (véanse fichas 1.3 y 1.4). La puerta de entrada debe cumplir las características propuestas en la ficha 1.5.

·      Interior del edificio. Las dimensiones del vestíbulo deben permitir el desplazamiento de una persona con movilidad reducida. Se deberá evaluar las características de los pavimentos (véase ficha 2.1).

Las áreas y mostradores de recepción, las puertas interiores y los pasillos deben ser accesibles (véanse fichas 1.11 y 1.5). Debemos evaluar también la accesibilidad de escaleras, rampas y ascensores (véanse fichas 1.3 y 1.4). Las dimensiones y ordenación de elementos dentro de las dependencias del edificio deben permitir el desplazamiento  de una persona con movilidad reducida.

Las señales y paneles informativos interiores deben ser claramente perceptibles y comprensibles por cualquier persona (véase ficha 1.12). Se deberá evaluar la iluminación, colores y contraste entre paredes, suelo y puertas.

El centro debe contar con bucles magnéticos que mejoren la señal auditiva para usuarios de prótesis auditivas (audífono e implante coclear).

El centro debe contar con aseos accesibles (véase ficha 1.6). Si dispone de servicios de cafetería y/o restaurante, éstos deben cumplir las características de accesibilidad que se especifican en la ficha 5.7.

Deben existir sistemas de alarma auditivos, visuales y luminosos.

·   Sistemas de búsqueda de información. Los sistemas electrónicos sustituyen cada vez más frecuentemente a los sistemas tradicionales de fichas. Estos sistemas electrónicos constituyen herramientas de búsqueda de información accesibles para todos si se cuenta con un ordenador accesible (véase ficha 6.7), programas informáticos accesibles  (véase ficha 6.6) y páginas de Internet accesibles (véase ficha 6.11). De este modo podrán realizarse búsquedas de información documental, tanto en un catálogo interno de la propia biblioteca como en otros catálogos de bibliotecas diferentes, siempre que los sistemas se encuentren interconectados.

·     Sala de lectura, hemeroteca y depósito de libros. Las dimensiones y la distribución del mobiliario en las salas deben permitir el desplazamiento de una persona con movilidad reducida. Evaluar especialmente la anchura de los pasillos entre estanterías, que en ningún caso deberá ser menor de 1,20 m. Además, debe contarse con espacio libre en el que se pueda inscribir un círculo de 1,50 m de diámetro, como máximo cada 10 m.

Las mesas deben permitir la aproximación frontal de un usuario de silla de ruedas, por lo que deberán contar con una altura libre mínima de 70 cm desde el suelo a la parte inferior del tablero. Las sillas deben tener un diseño ergonómico. Éstas deben ser móviles para que la persona en silla de ruedas pueda utilizar la mesa desde su propia silla. Debe existir suficiente espacio alrededor de sillas y mesas para permitir el paso de una persona que utilice ayudas técnicas para su desplazamiento (muletas, andador, silla de ruedas, etc.).

Se deberá evaluar la altura de las vitrinas y estanterías. La ordenación de los libros debe ser muy sencilla. La colocación de los libros debe facilitar que los usuarios los puedan asir. Igualmente se deberá evaluar la distancia de alcance de libros y revistas y los etiquetados de los mismos. Asegurarse de que todos los ejemplares están colocados en la misma dirección.

La distribución del mobiliario y libros de las salas debe favorecer el contacto visual de la persona que se encuentra en la biblioteca, evitando aislamientos.

La iluminación de las salas será adecuada y existirá la posibilidad de utilizar una iluminación adicional, de carácter opcional, en las estanterías y las mesas de lectura.

·     Comunicación y transmisión de información. Toda la documentación impresa que se entregue a los usuarios de la biblioteca, entre ella el carné de socio,  debe cumplir las condiciones de accesibilidad recogidas en la ficha 3.2. Los etiquetados de los libros y revistas deben ser claramente perceptibles para todos, por lo que deben contar con un lenguaje claro y simple. La biblioteca debería disponer además de sistemas de comunicación alternativa que faciliten la transmisión de información a personas con limitaciones para la comunicación (véase ficha 6.1). Sería conveniente que al menos una persona de la plantilla tuviera conocimientos básicos de lengua de signos (véase ficha 6.2).

·    Asistencia. La biblioteca debe disponer de servicios de formación y orientación en la búsqueda de información. Estos servicios deben constituir una guía respecto a la organización y funcionamiento de la biblioteca. Los técnicos encargados de desarrollar estos servicios deben disponer de conocimiento suficiente sobre los diferentes tipos de discapacidad, así como la forma de tratar a las personas con dichas discapacidades (véase ficha 7.5). Para desarrollar esta asistencia puede ser necesaria la utilización de documentación impresa accesible (véase ficha 3.2) o sistemas de comunicación aumentativa y alternativa (véase ficha 6.1).

Bibliotecas accesibles en Internet

Las bibliotecas accesibles en Internet son aquellas cuyos contenidos pueden ser consultados sin problemas de accesibilidad por personas con cualquier tipo de limitación en su actividad, siempre que cuente con el ordenador y los programas adecuados en su equipamiento informático (véase fichas 6.6 y 6.7).

Estos sitios de Internet permiten entrar en los catálogos de diferentes entidades, consultar referencias bibliográficas e incluso descargar documentos a texto completo que habitualmente se almacenan en formato doc, pdf o html.

Para poder crear una biblioteca en Internet accesible, las entidades necesitan disponer de páginas de Internet accesibles (véase ficha 6.11).

¿Dónde conseguir más información?

·      Acceso e Integración de estudiantes con discapacidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid. Internet: www.madrid.org/universidades/estud_discap/

·        Bibliotecas accesibles en la Comunidad de Madrid: www.aesleme.es/noticias/bibliot.htm

·        Bibliotecas adaptadas o accesibles para personas con deficiencias visuales:

www.infodisclm.com/Dossieres/bibliotecas adaptadas.htm

·        Orientación para diseñar y construir sin barreras arquitectónicas con ejemplos de lugares, transportes y tecnología novedosa. Internet:

http://es.geocities.com/proyectoabedul/

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        Conclusiones del seminario “Biblioteca accesible en la Web: un reto urgente”. Internet:

www.sedic.es/conclusiones_seminario_accesibilidad.pdf

·        España. Ley 34/2002 de Servicios Ley de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.

·        Leyes de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras de las comunidades autónomas.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.4

Pregúntame ¿cómo adaptar

un puesto de trabajo en una oficina?

Descripción general

La Ergonomía moldea nuestro ambiente a nuestras necesidades y características individuales. En otras palabras, se trata de una técnica para arreglar las cosas en nuestra oficina o para eliminar situaciones incómodas y aprender a posicionar nuestro cuerpo, de tal forma que éste reciba menos tensión.

Una oficina diseñada ergonómicamente se acomodará al empleado de la misma forma que un martillo bien diseñado se acomoda a la mano del carpintero. Haciendo algunos cambios en aspectos, tales como la posición de los teclados o de los monitores de las computadoras, las características del asiento o la iluminación de la oficina, podemos eliminar una gran variedad de malestares y dolores relacionados con el trabajo de oficina.

En el caso concreto de un trabajador con discapacidad, los postulados de la Ergonomía deben ser tenidos en cuenta con mayor rigor, si cabe, extendiendo el concepto ergonómico hacia las limitaciones que comprenda cada discapacidad.

Recomendaciones generales para la adaptación de un puesto de trabajo en una oficina

A continuación proponemos una serie de recomendaciones generales para la adaptación de un puesto de trabajo de oficina:

¿Dónde conseguir más información?

·        Alianzas para el Desarrollo (ALIDES). Internet: www.alides.net

·        Asociación Telefónica de Asistencia a Minusválidos (ATAM). Internet: www.atam.es/

·    Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org.

·   COCEMFE (Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España). Internet: www.cocemfe.org.

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV). Internet: www.ibv.org.

·   Mercadis: Mercado de empleo para personas con discapacidad. Internet:                                www.mercadis.com/index.jsp

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·       Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES) (2000): Guía de incorporación del teletrabajo en la empresa: Una opción para integrar personas con discapacidad. Internet:

www.discapnet.es/Discapnet/Castellano/Empleo/Teletrabajo/Guia/default

·        España. Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

·        España. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

·        IMSERSO/IBV (1997): Ergonomía y discapacidad. IMSERSO.

·        Norma ISO 9241/UNE EN 29241 Requisitos ergonómicos para trabajos de oficina con pantallas de visualización de datos.

·        Norma UNE 139801:2003 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad al ordenador. Hardware.

·        Norma UNE 139802:2003 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad al ordenador. Software.

·        Norma UNE 139803:2004 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la web.

·   Test de adaptación del puesto de trabajo: Internet:                                                             www.mercadis.com/informacion/adap_autoev.jsp

·       Villagómez Morales, E. y Martínez Martín, M.I. (2001): Adecuación de puestos de trabajo para personas con discapacidad: repercusiones económicas y sociales. Fundación Tomillo. Centro de Estudios Económicos.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.5

Pregúntame ¿cómo adaptar

un puesto de trabajo industrial?

Descripción general

El sector industrial incluye una variedad muy amplia de puestos de trabajo, muchos de los cuales pueden ser, y lo son en muchos casos, ocupados por personas con alguna discapacidad. Algunos ejemplos son puestos de manipulados, alimentación de maquinaria, diferentes tipos de talleres, carpintería, lavandería, imprenta, etc.

Las demandas y condiciones de estos puestos de trabajo son tan variadas como sus sectores. Algunas características generales a destacar pueden ser las siguientes:

·        Normalmente se trabaja de pie, aunque en ciertos puestos (como los manipulados o montajes electrónicos) se trabaja sentado.

·         La carga física del trabajo suele ser elevada. Así, resulta frecuente encontrarse con situaciones como posturas de trabajo forzadas, movimientos repetitivos, manejo manual de cargas o aplicación de fuerzas excesivas.

·         La carga mental es variada, aunque es destacable que muchos de estos puestos están dentro de cadenas de producción, lo cual puede incrementar el estrés mental.

·         Los aspectos de seguridad e higiene son aspectos esenciales a considerar en estos puestos de trabajo.

En cualquiera de estas posiciones, por tanto, es imprescindible tener en cuenta los principios ergonómicos con el fin de que el puesto se adapte a las características del trabajador, sea seguro y reduzca al máximo las posibilidades de lesión. Estos aspectos han de ser tratados con mayor detalle cuando el trabajador es una persona con discapacidad.

Recomendaciones generales para la adaptación de un puesto de trabajo industrial

A continuación exponemos las principales recomendaciones a considerar en la adaptación de un puesto de trabajo industrial:

¿Dónde conseguir más información?

·        Alianzas para el Desarrollo (ALIDES). Internet: www.alides.net

·        Asociación Telefónica de Asistencia a Minusválidos (ATAM). Internet: www.atam.es/

·       Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet:      www.ceapat.org

·   COCEMFE (Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España). Internet: www.cocemfe.org

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV). Internet: www.ibv.org

·        Mercadis: Mercado de empleo para personas con discapacidad. Internet:                            www.mercadis.com/index.jsp

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        España. Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.

·        España. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

·        IMSERSO/IBV (1997). Ergonomía y discapacidad. IMSERSO.

·        Norma prEN 1005-4        Safety of machinery - Human physical performance - Part 4: Evaluation of working postures and movements in relation to machinery.

·        Villagómez Morales, E. y Martínez Martín, M.I. (2001): Adecuación de puestos de trabajo para personas con discapacidad: repercusiones económicas y sociales. Fundación Tomillo. Centro de Estudios Económicos.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.6

Pregúntame ¿cómo adaptar

un puesto de trabajo de

 jardinería/viveros?

Descripción general

La jardinería y los viveros son sectores que emplean a un buen número de personas con discapacidad. Las actividades comerciales que se realizan son básicamente el acondicionamiento integral de parques y jardines y el proceso de plantado, enmacetado, cuidado y venta de plantas.

Las demandas y condiciones de estos puestos de trabajo tienen unas características muy definidas:

·      Se trabaja de pie, realizando también desplazamientos (y con frecuencia por terreno irregular o con obstáculos).

·      Se trabaja al aire libre o con unas condiciones ambientales de iluminación y temperatura bastante extremas.

·        La carga física del trabajo es muy elevada: posturas de trabajo forzadas, manejo manual de cargas o aplicación de fuerzas.

·      Se suele usar maquinaria muy específica y que requiere unas condiciones de seguridad muy altas. También es frecuente el manejo de productos químicos que pueden ser irritantes, abrasivos o incluso tóxicos y el manejo de herramientas que pueden requerir adaptaciones, especialmente en mangos y formas.

La aplicación de la ergonomía en estos puestos es muy importante para que el trabajador pueda desempeñar correctamente la tarea que le corresponde y, además, operar de manera cómoda y sin riesgos para su salud.

Recomendaciones generales para la adaptación de un puesto de trabajo de jardinería/viveros

A continuación recogemos las principales recomendaciones para la adaptación de un puesto de trabajo de jardinería/viveros.

¿Dónde conseguir más información?

·        Alianzas para el Desarrollo (ALIDES). Internet: www.alides.net

·        Asociación Telefónica de Asistencia a Minusválidos (ATAM). Internet: www.atam.es/

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org

·    COCEMFE (Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España). Internet:  www.cocemfe.org

·        Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV). Internet: www.ibv.org

·   Mercadis: Mercado de empleo para personas con discapacidad. Internet:                          www.mercadis.com/index.jsp

·        Signalia – Servicios para la accesibilidad (Información a través de la Fundación CNSE).

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        España. Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.

·        España. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

·        IMSERSO/IBV (1997): Ergonomía y discapacidad. IMSERSO.

·      Norma prEN 1005-4        Safety of machinery - Human physical performance - Part 4: Evaluation of working postures and movements in relation to machinery.

·       Villagómez Morales, E. y Martínez Martín, M.I. (2001): Adecuación de puestos de trabajo para personas con discapacidad: repercusiones económicas y sociales. Fundación Tomillo. Centro de Estudios Económicos.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.

 

 

Ficha: 3.7

Pregúntame ¿cómo hacer

accesible un servicio de

 intermediación laboral? 

Descripción general

Los servicios de intermediación laboral se destinan a mejorar la rapidez y la calidad del ajuste de las vacantes a las personas que buscan empleo, en términos generales. Los principales beneficios de los servicios de intermediación laboral son: reducir el desempleo y la rotación en el empleo a corto plazo, aumentar la productividad, mejorar la movilidad laboral, el bienestar social y aumentar la transparencia del mercado de trabajo reduciendo la discriminación en el empleo. Estos servicios facilitan de forma rápida y eficaz el contacto entre ofertas de trabajo del empresario y los usuarios demandantes de empleo.

La accesibilidad de estos servicios debe garantizarse para que la plena integración laboral de las personas con discapacidad, y por ende la integración social, se conviertan en una realidad.

Elementos que garantizarán la accesibilidad integral.

Para lograr los beneficios antes citados, los servicios de intermediación laboral dirigidos a personas con discapacidad, tanto los de intermediación presencial, como los virtuales, han de ser accesibles para todo tipo de usuarios:

a)        Servicio de intermediación presencial

·       Accesibilidad del edificio. El edificio donde se realizará la recepción, evaluación y asesoramiento de candidatos debe cumplir los requisitos de accesibilidad que se contemplan en la ficha 1.2. Se deberá evaluar también la accesibilidad de los transportes públicos hasta la zona (véase capítulo 3) así como de las áreas de aparcamiento (véase ficha 2.9).

·       Recepción de candidatos. Deberá ser adecuada a las características idiosincrásicas de los receptores del servicio. Puede que sea necesaria la utilización de sistemas de comunicación alternativos (véase ficha 6.1) o el uso de lengua de signos.

·       Perfiles de empleo y evaluación de cualificaciones. Para realizar esta valoración se utilizarán documentos (pruebas psicotécnicas y otros) que cumplan los requisitos de la documentación impresa accesible (véase ficha 3.2). Si estas evaluaciones se realizan a través de aplicaciones informáticas habrá que garantizar la accesibilidad del ordenador y los programas informáticos (véanse fichas 6.6 y 6.7). Evaluar la idoneidad de realizar entrevistas personales y/o dinámicas de grupo utilizando sistemas de comunicación alternativos en función de las necesidades concretas de los candidatos.

·       Ajuste persona-puesto. Después de realizar un análisis exhaustivo de los puestos de trabajo vacantes, se asignará a cada candidato aquel puesto que más se adecúe a su perfil de competencias, potencialidades, características y necesidades. Puede ser necesario realizar programas de formación ocupacional iniciales para que el candidato al puesto adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para el correcto desempeño del mismo. Estas acciones formativas deberán realizarse en centros de formación accesibles (véase ficha 3.1). Por otra parte, puede que se requieran adaptaciones concretas en el puesto de trabajo para conseguir el máximo ajuste a las características físicas o psicológicas de su ocupante (véanse fichas 3.4, 3.5 y 3.6).

·       Inserción en un puesto de trabajo. Se aportará información inicial explícita y clara al ocupante del puesto sobre las características generales y peculiaridades del mismo, así como sobre la forma de  afrontar las tareas y problemas de dicho puesto.  Para ello puede requerirse el uso de sistemas de comunicación alternativos o documentación impresa accesible. En algunos casos el trabajo habrá de realizarse con personal de apoyo o de acompañamiento.

·      Seguimiento: Deberán realizarse evaluaciones periódicas que permitan obtener una  retroalimentación sobre la interacción persona-puesto y realizar los ajustes oportunos en caso de ser necesario. Estos ajustes podrán desarrollarse a través de acciones formativas específicas o ajustes en el puesto de trabajo (como se indicó más arriba). Se deberá evaluar la necesidad de la continuación del personal de apoyo o acompañamiento.

b)        Servicio de intermediación por internet

En el caso de un servicio de intermediación virtual, éste debe garantizar la accesibilidad para que el usuario con discapacidad consiga su objetivo, donde el contenido y estructuración de cada página, el formato o maquetación de las mismas y el sitio web en general presente la información desde el criterio de diseño universal, debiendo contar con una certificación de accesibilidad, a través de cualquiera de las diferente normas de auditoría de accesibilidad que hay disponibles (ver bibliografía).

¿Dónde conseguir más información?

·        Accesibilidad del Web. Internet:

www.oit.or.cr.bidiped/accesibilidad.htm

·        Asociación Telefónica de Asistencia a Minusválidos (ATAM). Internet: www.atam.es/

·        Centro Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas (CEAPAT-IMSERSO). Internet: www.ceapat.org

·        INEM. Internet: www.inem.es/

·        Mercadis : Mercado de empleo para personas con discapacidad. Internet : www.mercadis.com/index.jsp

·        Servicios Regionales de Empleo y formación de cada Comunidad Autónoma.

·        Servicio Valenciano de Empleo y Formación. Internet: www.gva.es/guiaempleo/inicio_servef.htm

¿Qué normativa y bibliografía existe que pueda ser de utilidad?

·        España. Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

·        Mazza J. (2001): Servicios de Intermediación Laboral. Un análisis para los países de América Latina y el Caribe. Primer Seminario Técnico de Consulta Regional sobre Temas Laborales. Ciudad de Panamá, Panamá. Internet: www.iadb.org/sds/doc/intermediacion.pdf

·        Norma “Quality in Practice”. Internet: www.quip.at

·        Norma UNE 139803:2004 Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la web.

·        Para ampliar información véase el anexo al final de la guía.