Tras introducir el marco legal relacionado con la necesidad social de adaptar los entornos a las necesidades específicas de las personas de la tercera edad (ley de “igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad” y Real Decreto de “procedimiento para el reconocimiento p, declaración y calificación del grado de minusvalía”), se resaltan las ventajas del enfoque del “diseño universal” respecto al centrado en el diseño de dispositivos específicos para discapacitadosEn el SID sugerimos utilizar la palabra o expresión Personas con discapacidad en su lugar.. Tras hacer explícitos los principales cambios asociados al proceso de envejecimiento en los ámbitos de la visión, la audición, el control motor y la cognición, se indica cómo pueden aplicarse los siete principios básicos del diseño universal para compensar las limitaciones de las personas envejecidas.
Resumen tomado de Dialnet