La accesibilidad en los edificios sujetos a propiedad horizontal

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Publicación

Madrid: Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, 2006

Año de publicación

2006

ISBN

978-84-96347-81-6; 84-96347-81-8

Descripción física

355 p.; 23 cm.

Categorías

Resumen

Esta monografía lleva a cabo un estudio exhaustivo de la regulación de la accesibilidad y, particularmente, de la supresión de barreras arquitectónicas contenida en la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley 15/1995 de Límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad y la Ley de Arrendamientos Urbanos. Incorpora, además, un exhaustivo estudio de la Doctrina y Jurisprudencia aplicable, una serie de experiencias profesionales de su autor en la aplicación de esta materia que facilitarán, sin duda, su comprensión y defensa de los intereses en juego. Incluye, por último, una propuesta de modificación legislativa con el fin de superar los problemas que actualmente ofrece la regulación legal de la accesibilidad en edificios de titularidad privada.

Rodriguez-Loras se acercó a la realidad de las personas con discapacidad a partir de su madre, que necesitaba instalar un ascensor en su edificio: “La vehemente oposición de un vecino, lo que resulta bastante habitual en las comunidades de vecinos, hizo necesario un estudio profundo de la materia que quería que pudiera servir para otras personas que se encontraran en una situación parecidad”. El objetivo consistía en ofrecerm ante todo, soluciones prácticas a las múltiples cuestiones y dudas jurídicas que plantea la regulación de la accesibilidad a fin de que quienes precisen ejercitar los derechos que las normas les otorgan, tanto las personas con discapacidad como los profesionales de la materia, puedan afrontarlos con mayores garantías, adelantándose a las posturas contrarias ante las que se encontrarán.

Existen numerosas leyes que regulan la accesibilidad en los edificios, unas de contenido fundamentalmente administrativo y otras desde un punto de vista de derecho privado. El autor señala que “la Ley de Propiedad Horizontal es probablemente la que más juego pueda dar, pero las normas existentes no garantizan de forma plena el derecho a suprimir barreras arquitectónicas, sensoriales y de la comunicación”. Además, expone que hay que tener presente que en la mayoría de los casos se deberá acudir a los tribunales de Justicia para ver reconocido el derecho, lo que puede suponer un gran retraso. Por eso, “habría que establecer un mecanismo similar al que existe en Cataluña en el que si la comunidad de vecinos se opone a la ejecución de obras de accesibilidad, el perjudicado puede acudir a la Administración a fin de que ésta supla ese consentimiento y les obligue a llevarlas a cabo”.

En la actualidad, una comisión integrada por representantes de los ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales, Justicia, Economía y Hacienda, y Vivienda, junto al CERMI estudian la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal. Luis Cayo Pérez Bueno confía que próximamente se lleve a cabo “la modificación de la normativa de la Propiedad Horizontal, en la que trabajamos desde hace meses y para la que ya tenemos un texto consensuado”.

Información recogida de cermi.es (2007, septiembre) 60

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