Este documento recoge una serie de leyes referentes al derecho electoral:
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en el Artículo ochenta y siete, que los electores que no sepan leer o que, por discapacidad, estén impedidos para elegir la papeleta o colocarla dentro del sobre y para entregarla al Presidente de la Mesa, pueden servirse para estas operaciones de una persona de su confianza.
- Recoge, en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales, la condición de persona con discapacidad, o el cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, como causa que justifica por sí sola que el miembro designado de una mesa sea relevado del desempeño del cargo.
- Ordena, en la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional, la utilización de medios, soportes o formatos que, por un lado, aseguren el acceso a la información de las personas con discapacidad y, por otro, atendiendo a criterios objetivos, garanticen mejor la difusión de los mensajes, incorporando previsiones tendentes a garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad y edad avanzada a los contenidos de la publicidad institucional
- Establece, en la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, que promoverán medidas que eviten cualquier forma de discriminación por causa de discapacidad.
- En el Capítulo 6, Voto de Personas con Discapacidad, recoge dos disposiciones específicas: por un lado el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio y por otro el Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales