Defensor Universitario, de la Universidad Rey Juan Carlos

Resumen

Los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos, en su artículo 161, establecen que el Defensor Universitario es el órgano encargado de defender y garantizar los derechos y libertades de los miembros de toda la Comunidad Universitaria (alumnos, personal de administración y servicios y profesores), a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de los órganos, colegiados y unipersonales, de la Universidad.

El Defensor Universitario es elegido por el Claustro entre los miembros de la Comunidad Universitaria. Los candidatos podrán serlo a propuesta del Rector o con un aval del veinticinco por ciento de los miembros del Claustro. La duración del mandato es de cuatro años, con posibilidad de reelección por una sola vez.

Anualmente, al principio de cada curso académico, el Defensor Universitario presentará al Claustro una memoria de las actividades desarrolladas durante el curso anterior, en la que se recojan las recomendaciones y sugerencias para mejorar los servicios. Asimismo, por iniciativa propia o de la quinta parte del Claustro, informará a este de cuantos asuntos se consideren convenientes.

El artículo 164 de los Estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos establece las siguientes competencias del Defensor Universitario:

  • Corresponde al Defensor:

    a) Proponer al Claustro para su aprobación el Reglamento del Defensor Universitario.
    b) Recabar de las distintas instancias universitarias cuanta información considere oportuna para el cumplimiento de sus fines.
    c) Solicitar la comparecencia de los responsables de cualquier órgano universitario siempre que sea indispensable para el desarrollo de sus funciones.
    d) Elaborar cuantos informes le sean solicitados o considere oportuno emitir en relación con las actuaciones en curso.
    e) Efectuar las propuestas que considere adecuadas para la solución de los casos que sean sometidos a su conocimiento.

  • Para el desarrollo de sus actuaciones el Defensor Universitario deberá oír, según el caso de que se trate, a los representantes del sector de la Comunidad Universitaria concernido.

    La actuación del Defensor Universitario, que respetará el régimen interno de la Universidad Rey Juan Carlos, no estará sometida a mandato imperativo alguno y actuará con plena autonomía e independencia de cualquier órgano universitario.

(Información recogida de la página Web).

Area geográfica

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Página web

Dirección

Oficina del Defensor Universitario
Universidad Rey Juan Carlos
Rectorado. 4ª planta. Despachos 411 y 413.
C/Tulipán, s/n
28933 Móstoles (Madrid)

Teléfono

91 488 73 24 / 91 665 50 69

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