Artículo 9. Reserva de contratos a entidades de carácter social.
1. Las entidades sometidas a la Ley Foral podrán reservar la participación en los procedimientos de adjudicación de contratos a talleres protegidos o reservar su ejecución a determinadas empresas en el marco de programas de empleo protegido cuando la mayoría de los trabajadores afectados sean personas discapacitadasEn el SID sugerimos utilizar la palabra o expresión Personas con discapacidad en su lugar. que, debido a la índole o a la gravedad de sus deficiencias, no puedan ejercer una actividad profesional en condiciones normales.
2. Igualmente podrán ser beneficiarios de la reserva las empresas que tienen por objeto la integración de personas con riesgo de exclusión social.
3. El importe de los contratos reservados no podrá superar el 20 por 100 del importe de los contratos adjudicados en el ejercicio presupuestario inmediatamente anterior.
4. Los anuncios de licitación de los contratos objeto de esta reserva deberán mencionar expresamente la presente disposición.
Emprender con discapacidad en España. Diagnóstico de la situación actual con datos GEM 2023.
Este estudio analiza la situación actual del emprendimiento entre personas con discapacidad en España, utilizando datos del Global Entrepreneurship Monitor (GEM) 2023. El documento destaca