Presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de noviembre de cada año.
Objeto
La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de las bases a que ha de ajustarse la concesión, por la Consejería de Educación, de las ayudas individualizadas destinadas a financiar el transporte escolar, de aquellos alumnos de los niveles obligatorios de enseñanza o de centros de educación especial, a quienes el artículo 4 contempla como beneficiarios.A efectos de esta Orden, se considera como nivel obligatorio de enseñanza, además de las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, el segundo ciclo de Educación Infantil.