El objeto del presente Decreto es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de obras en alojamientos particulares, mediante ayudas individuales, con el fin de facilitar la accesibilidad y la adaptación del hogar de las personas ya valoradas en situación de dependencia que lo precisen para facilitar la permanencia de las mismas en su domicilio y evitar el ingreso no necesario en residencias; así como realizar la convocatoria única de estas ayudas financiadas con cargo al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo, creado mediante el Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre.
Tendrán la consideración de obras subvencionables a través del presente Decreto todas aquellas obras de construcción, reforma y rehabilitación que se realicen en viviendas particulares, donde residan con carácter permanente personas que tengan reconocida la situación de dependencia, que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas, la eliminación de obstáculos, la instalación de dispositivos mecánicos o electrónicos que favorezcan la comunicación con el exterior y cualquier otra actuación de adaptación del hogar dirigida a facilitar la accesibilidad, su autonomía y permanencia en el domicilio.