Universidad y Discapacidad
Contenidos revisados en diciembre de 2021
Preguntas Frecuentes
¿A qué tienen derecho los estudiantes con discapacidad?
Los estudiantes universitarios con discapacidad tienen derecho a:
- La educación, sin discriminación y con igualdad de oportunidades
- Educación inclusiva y matrícula gratuita
- Ajustes razonables. Adaptaciones metodológicas
- Promoción de acciones positivas para favorecer su inclusión
- Unidades de Atención a estudiantes con discapacidad
¿A qué estudios puedo acceder?
Según la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades “De la inclusión de las personas con discapacidad en las universidades”:
- Las Universidades garantizarán la igualdad de oportunidades de los estudiantes y demás miembros de la comunidad universitaria con discapacidad, proscribiendo cualquier forma de discriminación y estableciendo medidas de acción positiva tendentes a asegurar su participación plena y efectiva en el ámbito universitario.
- Los estudiantes y los demás miembros con discapacidad de la comunidad universitaria no podrán ser discriminados por razón de su discapacidad ni directa ni indirectamente en el acceso, el ingreso, la permanencia y el ejercicio de los títulos académicos y de otra clase que tengan reconocidos.
- Las universidades promoverán acciones para favorecer que todos los miembros de la comunidad universitaria que presenten necesidades especiales o particulares asociadas a la discapacidad dispongan de los medios, apoyos y recursos que aseguren la igualdad real y efectiva de oportunidades en relación con los demás componentes de la comunidad universitaria.
- Los edificios, instalaciones y dependencias de las universidades, incluidos también los espacios virtuales, así como los servicios, procedimientos y el suministro de información, deberán ser accesibles para todas las personas, de forma que no se impida a ningún miembro de la comunidad universitaria, por razón de discapacidad, el ejercicio de su derecho a ingresar, desplazarse, permanecer, comunicarse, obtener información u otros de análoga significación en condiciones reales y efectivas de igualdad.
Los entornos universitarios deberán ser accesibles de acuerdo con las condiciones y en los plazos establecidos en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y en sus disposiciones de desarrollo.
- Todos los planes de estudios propuestos por las universidades deben tener en cuenta que la formación en cualquier actividad profesional debe realizarse desde el respeto y la promoción de los Derechos Humanos y los principios de accesibilidad universal y diseño para todos.
- Con arreglo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos y en sus normas de desarrollo, los estudiantes con discapacidad, considerándose por tales aquellos comprendidos en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario.
¿Me adaptan las Pruebas de Acceso a la Universidad (Selectividad)?
Según el artículo 38 “Prueba de acceso a la universidad” de Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación:
“La prueba de acceso a la universidad se realizará adoptando las medidas necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se presenten.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y el apartado 1 de este artículo, el Gobierno establecerá la normativa básica que permita a las universidades fijar los procedimientos de admisión de quienes hayan superado la prueba de acceso. Podrá participar en estos procedimientos, en igualdad de condiciones, todo el alumnado que cumpla las condiciones para el acceso, con independencia de donde haya realizado sus estudios previos, de la matriculación e incorporación de los mismos a la universidad de su elección, así como de si presentan necesidad específica de apoyo educativo o discapacidad.»
¿Qué significa el 5% de reserva de plazas para universitarios con discapacidad?
Según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, las universidades reservarán, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas en los títulos universitarios oficiales de Grado y en los títulos universitarios oficiales de Máster Universitario para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa, teniendo presente lo establecido en el real decreto.
Asimismo, las universidades garantizarán la disponibilidad de plazas para estos estudiantes que concurran a las convocatorias extraordinarias de acceso a la universidad, hasta alcanzar el 5 por ciento del cupo de reserva sobre el total de plazas ofertada en dicho título.
Normativa
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Portales y buscadores de becas para el estudio
Punto de Acceso General: Tu punto de acceso a las Administraciones Públicas
En este apartado puedes buscar y ver el detalle las ayudas, subvenciones, becas y premios. Además, puedes exportar a Excel y XML los resultados. Para realizar una Búsqueda Avanzada, despliega “Mostrar más opciones de búsqueda”.
Esta página web te ayudará a buscar y encontrar las becas que más te interesen para empezar o continuar con tus estudios universitarios.
Podrás utilizar los filtros de búsqueda para afinar los resultados obtenidos en tu búsqueda. Pulsando sobre “Búsqueda Avanzada” y “Tipo de Beca”, podrás encontrar las becas que están actualmente convocadas para personas con discapacidad.
Universia: El portal de las universidades
Permite realizar una búsqueda avanzada de becas en la que poder filtrar por “Tipo de beca”, “Lugar de la beca” y la “Etapa de estudios actual”.
Según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, las universidades garantizarán una información transparente y accesible sobre los procedimientos de admisión, y deberán disponer de sistemas de orientación al estudiantado. Asimismo, asegurarán que dicha información y los procedimientos de admisión tengan en cuenta al estudiantado con discapacidad o con necesidades específicas, y dispondrán de servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
A continuación ofrecemos el acceso al servicio o unidad de atención al estudiante con discapacidad de cada universidad de España ordenado por Comunidades Autónomas.
Andalucía
Secretariado de políticas de inclusión.
Servicios para estudiantes con diversidad funcional y/o necesidades educativas específicas
Servicio de Necesidades Educativas Especiales
Sobre Necesidades Específicas de Apoyo Educativo
Castilla y León
(Servicio de Inclusión Social)
Cataluña
Comunidad Valenciana
Galicia
Madrid
Documentación de interés
- V Estudio sobre el grado de inclusión del sistema universitario español respecto de la realidad de las personas con discapacidad
- Universidad y discapacidad. La inclusión de las personas con discapacidad en la universidad española
- Guía de estándares para la inclusión de estudiantes con discapacidad en la universidad
Noticias de interés
Otros enlaces de interés
- SAPDU-Red de Servicios de Apoyo a Personas con Discapacidad en la Universidad.
- UNIDIS
- Fundación Universia
- UNIDIVERSIDAD (Fundación ONCE y Fondo Social Europeo)
- UNIDIVERSITAS: título propio de formación presencial de la Universidad de Salamanca perteneciente a UNIDIVDERSIDAD
- UniverUSAL: La Universidad Inclusiva