Entre 673.000 y 775.000 personas con discapacidad, que cumplirían con los requisitos legales para ser reconocidas en situación de dependencia según la definición actual, están fuera del sistema ya sea porque no lo han solicitado, por una mala valoración, por motivos de tipo burocrático u otras causas.
Así se deduce del estudio de evaluación del Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia (SAAD) encargado por el Ministerio de Derechos Sociales a un grupo de expertos coordinado por Gregorio Rodríguez Cabrero y Vicente Marbán Gallego. En esta investigación se le dedica un capítulo específico a la discapacidad.
Para realizar estas estimaciones, los autores se basaron en los datos que mensualmente publica el Imserso y en la Encuesta sobre Discapacidad, Autonomía Personal y Dependencia (EDAD 2020), a cuyas variables aplicaron “las actividades y tareas” que maneja el baremo de dependencia en función de dos escalas de puntuación (una más restrictiva y otra más generosa).
De las personas incluidas en el fichero, 3.412.086 tienen reconocido un grado de discapacidad del 33% o superior y 1.422.845 acreditan algún grado de dependencia.
Ambas certificaciones coinciden en 744.419 personas, cifra que supone el 21,7% de la población con discapacidad reconocida y el 52% de las personas en situación de dependencia.
Entre los 17 y los 65 años de edad, más del 90% de quienes acreditan una situación de dependencia también tienen reconocida discapacidad, porcentaje que cae a partir de los 67 años (y sobre todo a partir de los 80) y también en el caso de los niños.
El reconocimiento de ambas condiciones es mucho más elevado entre los varones –sobre todo en edad laboral- y por tipo de discapacidad predomina en la sordoceguera, la discapacidad múltiple, la intelectual y la que deriva de problemas de salud mental.
Las personas con discapacidad auditiva, con enfermedades crónicas o problemas osteoarticulares son quienes menos situaciones de dependencia acreditan.
FALLOS Y ACIERTOS
Según este trabajo, la aprobación de la Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia supuso “reconocer un derecho subjetivo que las personas con discapacidad reclamaban desde hace años”, al tiempo que “aportó una serie de recursos estables” y financiación.
En la parte negativa, los expertos señalan la primacía de “un enfoque demasiado asistencialista”, ciertas “deficiencias en la aplicación de los baremos” y “el muy escaso desarrollo de la promoción de la autonomía personal”.
A su juicio, la Ley de Dependencia “quedó fuera del espíritu de la convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las Personas con Discapacidad”, que considera las limitaciones de actividad y de participación social que estas experimentan en función de una deficiencia pero también del ambiente y del contexto social.
En cambio, la Ley de Dependencia se apoya “en las circunstancias personales y médicas” de los usuarios y presta muy poca atención al entorno. Prueba de ello es que los servicios de Promoción de la Autonomía Personal sí se mencionan en la Ley, pero no se definen.
Fueron desarrollados mediante Real Decreto en 2007 y 2015 y, a nivel estadístico, se informa de ellos junto con los servicios de prevención de las situaciones de dependencia. Su implantación además es muy desigual en función del territorio, aclara el estudio.
En Cataluña y Andalucía, las prestaciones de servicios de prevención de la dependencia y de promoción de la autonomía personal no llegan ni al 0,3% del total de prestaciones reconocidas, mientras que en Cantabria y Principado de Asturias superan el 20%.
ASISTENCIA PERSONAL
Según los últimos datos disponibles, a 30 de junio de 2022 había 62.328 prestaciones de prevención de la dependencia y de promoción de la autonomía personal concedidas en todo el Estado (el 3,86% del total), y sólo 8516 prestaciones económicas de asistencia personal (el 0,53%), concentradas sobre todo en País Vasco y Castilla y León.
Todas las personas consultadas para este informe (responsables autonómicos, asociaciones de discapacidad , profesionales de servicios sociales…) coinciden en que la asistencia personal es el servicio que “mayor dignidad y potencial de autonomía” ofrece a las personas con discapacidad, aunque es, con mucho, “el menos desarrollado del catálogo de prestaciones”.
El informe sugiere por tanto la necesidad de una regulación a nivel nacional, en la que el Imserso trabaja desde hace años. Hay comunidades autónomas que además limitan su acceso por edad –excluyen a los menores y a los mayores de 65 años—y por tipo de discapacidad, puesto que descartan a las de tipo intelectual o cognitivo.
Otro problema tiene que ver con la intensidad de la prestación, pues a “una persona que de verdad necesita asistencia personal no le vale con tres horas al día cada tres días”. Como mínimo se precisan ocho horas al día; 16 en muchos casos, y 24 en los más extremos.
Además, la prestación económica ronda entre los 400 y los 700 euros al mes, en función de si la persona tiene el segundo o el tercer grado de dependencia. “Esto no alcanza ni para la contratación de un asistente personal ni para su alta en la Seguridad Social”, concluyen.
Varios entrevistados señalaron también la necesidad de que en el catálogo del SAAD se incluya un servicio como tal de asistencia personal y no solo la prestación económica, que es lo único que ahora existe.
En su opinión, las restricciones continuas de presupuesto hacen que cada vez se reduzcan más las horas concedidas, por lo que “se mantiene el nombre de asistencia personal, pero lo han convertido de facto en una especie de asistencia domiciliaria algo más flexible y ampliada, y eso no es”.
RESIDENCIAS, CENTROS DE DÍA Y HOGARES
Por otro lado, el estudio subraya que hay muchas residencias que no están adaptadas a las necesidades de las personas mayores con discapacidad (la gran mayoría no son accesibles), y pone el ejemplo de aquellas con discapacidad auditiva, que se ven muy aisladas en los centros residenciales y de día.
Por ello, recomienda facilitar la compatibilidad de esta prestación con otros servicios y conceder por ejemplo la presencia de asistentes personales, que facilitarían las salidas de fin de semana, los paseos y muchas actividades a estos usuarios.
La asistencia a centros de día y de noche supone el 5,85% de las prestaciones concedidas a personas con discapacidad a nivel nacional, con una gran variabilidad según las comunidades autónomas. En Canarias, donde no está desarrollada la ayuda a domicilio, representa el 14,62%; en Ceuta y Melilla apenas llega al 1,52% y en Navarra, al 1,98%.
A 30 de junio de 2022, había asignadas 400 98.821 prestaciones económicas de cuidado en el entorno familiar a personas con discapacidad, que suponían el 30,85% del total y eran percibidas por el 39,7% de las personas con discapacidad reconocidas por el SAAD.
Estas prestaciones volvieron a aumentar a raíz de la pandemia, apunta el trabajo, y “podrían favorecer la externalización de los cuidados en los hogares”. Sin embargo, falta mucha información para conocer con exactitud qué tipo de atención reciben los beneficiarios.
Son muy demandadas en el caso de menores de edad, y alerta de “la insuficiencia en las medidas de asesoramiento y respiro para las personas cuidadoras en el entorno familiar”, pese a la mejora que supuso la inclusión de las cuidadoras no profesionales en la Seguridad Social.
Algunas comunidades han señalado la conveniencia de que estas transferencias se puedan conceder a amigos o vecinos cuando las personas no tienen un familiar directo que les pueda atender, o también que se otorguen como ayuda económica desvinculada de la asistencia de un cuidador oficial.
FALLOS EN EL BAREMO
En general, los baremos para la valoración de la discapacidad y la dependencia y, en su caso, el reconocimiento de las situaciones de incapacidad laboral, “están totalmente desconectados”, critica el informe. Las personas “se ven sometidas a hasta cuatro dictámenes por tribunales Valoradores distintos, prosigue, y Esto crea “desorientación, cansancio y un desconocimiento de los recursos y derechos que existen”.
Por ello, los expertos aconsejan la creación de “pasarelas entre ambos sistemas”, aspecto que está más desarrollado en Castilla y León y en Cataluña, pero muy poco en el resto. En el mejor de los casos, se puede acceder de forma rápida a la acreditación de la discapacidad a partir del Saad, pero nunca al revés, cuando el reconocimiento de la discapacidad está más extendido.
Otra pega que señalan tiene que ver con el funcionamiento mismo del baremo de dependencia que, en su opinión, tiene muy en cuenta las limitaciones motóricas y físicas pero infravalora la discapacidad cognitiva y las dificultades para tomar decisiones o para dirigir la propia vida. Esto perjudica a las personas con daño cerebral, problemas de salud mental, discapacidad intelectual o con enfermedades con fases agudas.
Por último, el trabajo denuncia que “el origen gerontológico del Sistema de Dependencia establece una lógica de contratación propia del mundo empresarial por el que muchas organizaciones de discapacidad gestoras de los servicios -tradicionalmente las únicas prestadoras- deben asumir ahora exigentes procesos de homologación administrativa y de concurrencia competitiva para las que no siempre están preparadas”. Por ello recomienda la figura del concierto social, que ya ha sido regulado en algunas Comunidades.