Por un Arroyo con viviendas más accesibles

Fecha

26/05/2023

Medio

El Norte de Castilla

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Los mayores, las personas con discapacidad y en situación de dependencia, ocupan y preocupan al Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda. Es por ello, que la nueva convocatoria de ayudas para favorecer la autonomía y la calidad de vida trae cuantiosas novedades y beneficios para facilitar la movilidad y aumentar la seguridad en el entorno doméstico de estas personas.

Estas ayudas, que tienen una dotación presupuestaria de 18.000 euros, se dirigen a aquellos empadronados y residentes en el municipio que tengan reconocida una situación de dependencia. Cubrirán aquellas obras y el equipamiento o elementos permanentes que se instalen en la vivienda, siempre y cuando ésta sea la vivienda habitual del solicitante. «En el caso de solicitar la adaptación funcional para una vivienda en régimen de alquiler será necesario contar con el contrato de alquiler de la vivienda y con la correspondiente autorización del propietario», informan desde el ayuntamiento.

Serán subvencionables los gastos efectuados y pagados desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2023.

Una de las principales novedades de esta convocatoria de 2023 es que, para su concesión, sólo se tendrá en cuenta el nivel de renta anual del solicitante (y no el de toda la unidad familiar, como ocurría en anteriores convocatorias). Además, otra mejora, es el aumento del umbral de la cuantía para que más personas se puedan acoger a esta ayuda. De esta manera, la renta no deberá superar 2,5 veces el importe anual del Indicador Público de Referencia de Efectos Múltiples (IPREM) del año 2023 a 14 pagas. «En convocatorias pasadas se estipulaba que la renta anual media de cada miembro de la unidad familiar no debía superar 2 veces IPREM. Lo hemos elevado al 2,5 del IPREM y sólo computamos la renta del solicitante. Consideramos que con estas modificaciones llegaremos a más beneficiarios», añaden desde el consistorio.

Otra de las novedades importantes, es que habrá dos fechas de pago de las ayudas, una para aquellos que lo soliciten antes del 30 de junio y otra para los que lo soliciten hasta el 16 de octubre. «De esta forma quien ya haya realizado el gasto puede solicitarlo y recibir la ayuda si bien el plazo está abierto hasta el 16 de octubre para cualquier solicitud».

Los solicitantes podrán incluir en su solicitud todas las ayudas que estimen oportunas. Cabe destacar, que la financiación abarca no sólo el suministro del elemento, sino también, y en su caso, la instalación, según puntualizan desde el ayuntamiento. En ningún caso serán objeto de subvención las obras de nueva construcción ni actuaciones que impliquen la rehabilitación integral de la vivienda, ni las obras realizadas en elementos comunes de inmuebles en régimen de propiedad horizontal.

Estas ayudas son compatibles con la bonificación del 90% sobre la cuota del impuesto de construcciones cuando la obra tiene como objeto de eliminación de barreras arquitectónicas en domicilios y viviendas.

Cuantías y gastos subvencionables

La cuantía de cada subvención alcanza el 90% del coste de la inversión, siendo el importe máximo de ayuda por solicitante y vivienda de 1.800 euros. El objeto de la ayuda abarca actuaciones para favorecer la autonomía personal, tanto obras de adaptación del domicilio como la compra o alquiler de elementos o productos de apoyo.

Entre los gastos subvencionables se contempla la adaptación del cuarto de baño, incluyendo el cambio de bañera a ducha, instalación de asientos de ducha abatibles, adecuación de los sanitarios, elementos de seguridad fijos y grifería, sustitución de duchas o bañeras con mamparas de cristal por mamparas de materiales no cortantes.

También la adaptación de la cocina, cambio de mobiliario, incluyendo la modificación de la altura de mostrador de cocina, instalación de módulos adaptados extraíbles con zócalo accesible, instalación de módulos regulables en altura, supresión de módulos inferiores para la interacción autónoma en sillas de ruedas, placas de inducción magnética con autoapagado.

Se contempla también la adecuación de puertas, pasillos, ventanas y persianas para permitir el paso con productos de apoyo para movilidad reducida, así como la modificación de paredes divisorias para mejorar la accesibilidad de los espacios o para evitar autolesiones, la modificación de espacios para instalar sistemas de estimulación o de atención temprana, la instalación de protecciones y/o paredes acolchadas.

También es subvencionable la instalación/adaptación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas, etc.., para el desplazamiento autónomo dentro del hogar. La instalación/adaptación de barras, pasamanos, salva escaleras, rampas interiores y otros elementos de ayuda para la movilidad. La adecuación de pavimentos para limitar riesgo de resbalamiento, prevención de caídas y facilitar el desplazamiento a personas con limitaciones de movilidad.

Otros gastos que se pueden incluir son la instalación de sistemas de aviso y señalización en la vivienda, visuales, sonoros, táctiles o por vibración. La instalación/adaptación de la ubicación de los enchufes, pulsadores, sistemas de iluminación, así como el cambio de altura/ubicación de porteros electrónicos o videoporteros. La instalación de puertas con cerradura de doble apertura (interior y exterior) para evitar encierros, instalación de puertas automáticas, instalación de tarjeta de proximidad en la puerta de acceso a la vivienda, instalación de recordatorios sonoros y/o sistemas de automatización de apertura mediante mando a distancia u otro dispositivo.

Se contemplan, además, los sistemas de aviso y alarma y sistemas de detección de caídas; mejora de instalaciones de luz con sistema de regulador de intensidad, así como enchufes con cortacorrientes para las personas con discapacidad intelectual. Instalación de domótica, sistemas de control de entorno y tecnologías del hogar digital que, por su especialidad, contribuyan a favorecer la autonomía personal, tales como programas informáticos o, en su caso, sus soportes, de resultar éstos indispensables, u otro dispositivo periférico de uso exclusivo para la manipulación del sistema de control del entorno esencial en la vivienda. Instalación de rejas, cristales irrompibles o insonorización de estancias que favorezcan la seguridad en las personas con discapacidad intelectual.

También obras auxiliares que sean precisas realizar como consecuencia de la actuación subvencionada, tales como pintura, carpintería, albañilería entre otras, siempre que se realicen en las mismas condiciones que estaban en su origen. Productos de apoyo relacionados con la situación de dependencia, dirigidas a favorecer la autonomía en el domicilio, la realización de las funciones de aseo, ayuda para facilitar la movilidad. Igualmente se podrán financiar gastos de alquiler de los mismos.

Las solicitudes de ayudas se podrán presentar presencialmente en el registro municipal del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda o telemáticamente en su Sede Electrónica.

Noticia de Laura Negro.

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