El baremo único para determinar el grado de dependencia y la necesidad de asistencia por una tercera persona se aplica a partir de este viernes en todas las comunidades autónomas.
Así se recoge en el Real Decreto 1.364/2012 del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, publicado el jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En este texto se modifica el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, de forma que establece un único baremo en todas las comunidades autónomas para determinar cuándo es necesaria la asistencia de una tercera persona.
La norma suprime la obligación de señalar el tipo de discapacidad en el certificado acreditativo y se adapta a lo señalado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que define la discapacidad como un concepto que evoluciona y recoge el deber de los Estados de proteger la privacidad de la información sobre la salud de estas personas
Según el real decreto, la información sobre el grado de discapacidad solo se entregará a instancias de la propia persona interesada o de su tutor o representante legal.