Los acompañantes de las personas con discapacidad se beneficiarán de las subvenciones de los viajes del Imserso

Fecha

29/11/2018

Medio

Facebook
Twitter
LinkedIn

Los acompañantes de las personas con discapacidad que participen en los viajes del IMSERSO podrán optar a subvenciones aunque no reúnan los requisitos de edad o pensión, al igual que sucede con los cónyuges o parejas de hecho de los beneficiarios jubilados o mayores de 65 años.
En un comunicado, el Defensor del Pueblo explica que, tras la intervención de esta Institución, el Boletín Oficial del Estado (BOE) incluyó esta posibilidad el pasado 12 de junio en los programas.
Se considera acompañante a “la persona que participa en el turno acompañando a la persona con discapacidad beneficiaria y, en caso necesario, asistiéndola en las actividades de la vida diaria. En este caso, su responsabilidad se limitará a la atención de la persona beneficiaria a la que acompaña”.
El Defensor del Pueblo decidió actuar en este asunto después de recibir una queja en la que se alegaba que existía un trato discriminatorio ya que los programas de turismo y termalismo del IMSERSO no trataban de la misma manera a los acompañantes de las personas con discapacidad y a los acompañantes del resto de beneficiarios.

Quizás te interese:

¿Quieres recibir noticias en tu email?