Las mutuas podrían asumir la rehabilitación y recolocación de trabajadores con discapacidad sobrevenida

Fecha

08/01/2014

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha planteado añadir a la nueva regulación que prepara el Gobierno para la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el régimen jurídico de sus mutuas, un apartado que incluya que éstas deben asumir por Ley funciones en materia de rehabilitación, reorientación profesional y recolocación de los trabajadores que en el desempeño de su actividad laboral adquieran una discapacidad, dando prioridad al mantenimiento en la actividad del trabajador.

Según informa Servimedia, en opinión del Cermi el actual Sistema de Seguridad Social interviene “de modo muy poco intenso en caso de discapacidades derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades ligadas a él, y solo para paliar sus consecuencias inmediatas, descuidando aspectos esenciales para la continuidad laboral del trabajador”.

Sin embargo, considera que “el objetivo prioritario debería ser la permanencia en el empleo del trabajador con discapacidad sobrevenida”, para lo que considera fundamental que las mutuas de la Seguridad Social “incorporen a sus cartera de servicios funciones de apoyo”, proporcionando a estas personas asistencia y acompañamiento para su reorientación profesional, acorde con su nueva situación de discapacidad.

A parte de esto, el Cermi ve necesario que entre las nuevas tareas de las mutuas se incluya la de asesorar a las empresas para la adaptación del puesto de trabajo y del entorno laboral a la nueva situación de los trabajadores con discapacidad sobrevenida. Para ello, plantea la posibilidad de realizar conciertos con las organizaciones de las personas con discapacidad y sus familias, así como la participación del Comité en las Comisiones de Control y Seguimiento.

En este sentido, propone la inclusión en el anteproyecto de Ley de un texto que indique que la Comisión de Control y Seguimiento de las mutuas, órgano de participación de los agentes sociales que informa de la gestión que realiza la entidad, esté “compuesta por un máximo de 12 miembros designados por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como por una representación de las asociaciones profesionales de los trabajadores autónomos y de la asociación más representativa a nivel estatal de las personas con discapacidad y sus familias”.

Para concluir, el Cermi plantea utilizar una parte del Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social, tanto para llevar a cabo las actividades relacionadas con el mantenimiento en la actividad del trabajador que resulte con una discapacidad, como para el asesoramiento a las empresas en orden a la adaptación y ajustes razonables en los entornos laborales.

Así, solicita que se incluya en la nueva regulación un artículo que dicte que “se podrán dedicar recursos del Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social, en un mínimo del 5% de su dotación” a las acciones anteriormente citadas.

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