Las ayudas para personas con discapacidad en centros residenciales dependerán del IPREM en lugar del IPC

Fecha

29/11/2018

Medio

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Las ayudas para personas con discapacidad en centros residenciales dependerán del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) en lugar del Indice de Precios al Consumo (IPC) a partir del próximo 1 de abril, según publicó este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El BOE recuerda que la resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en centros residenciales para personas con discapacidad determinaba que, a los efectos de liquidación de estancias en régimen de internado, se garantizaba una cantidad mensual para gastos personales, que se actualizaría anualmente en función del Indice de Precios al Consumo previsto en los Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.

Sin embargo, la modificación propuesta «incorpora el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem) como índice de referencia, en lugar del Indice de Precios al Consumo (IPC), para determinar la cuantía garantizada a los usuarios de los centros para hacer frente a sus gastos personales y, asimismo, pone de manifiesto la necesidad de actualizar la misma».

Este cambio se ha realizado porque la reserva de liquidez prevista hasta ahora «se ha podido constatar como insuficiente para la cobertura de las necesidades básicas de los usuarios de los centros de atención a personas con discapacidad física».

El apartado 30.2 de la disposición trigésima de la Resolución de 26 de agosto de 1987 establece ahora que «se garantiza a los usuarios comprendidos en el párrafo primero del apartado 30.1 una cantidad mensual igual al 19% del Iprem mensual», o lo que es lo mismo, 101,17 euros, teniendo en cuenta el Iprem mensual actual.

«Esta cantidad se actualizará anualmente en función del Iprem previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio de que se trate», detalla la publicación, que añade que «esta cuantía se garantiza a los usuarios de plazas contratadas o concertadas para personas con discapacidad, sujetas a liquidación de estancias».

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