La Justicia avala el trato diferenciado entre centros especiales de empleo sociales y privados

Fecha

16/11/2019

Medio

Servimedia

Facebook
Twitter
LinkedIn

La Audiencia Nacional ha avalado el trato diferenciado más favorable a los centros especiales de empleo de iniciativa social frente a los privados, de forma que apoya la diferencia en materia salarial, al considerarla justificada por consistir una “medida idónea, razonable y proporcionada para el logro de las finalidades propuestas”.

La Justicia desestima así la impugnación de la Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo (Conacee) contra el XV Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, donde los centros privados estimaron que había “trato discriminatorio” en aspectos como el retributivo.

Rechazadas las tesis del recurso de Conacee, queda establecido no sólo la adecuación normativa del XV convenio, sino también la absoluta procedencia legal de la diferenciación entre los dos tipos de centros especiales de empleo: sociales y privados.

La distinción legal entre centros especiales de empleo de iniciativa social y de iniciativa privada fue introducida en 2017 por la Ley de Contratos del Sector Público, que modificó a estos efectos la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Esta modificación fue propuesta por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y fue aprobada con la unanimidad de todas las fuerzas políticas.

Quizás te interese:

¿Quieres recibir noticias en tu email?