Interior toma medidas para que el 28-M las mesas electorales sean accesibles

Fecha

20/03/2023

Medio

Servimedia

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El Ministerio del Interior avanzó este lunes que ha fijado, por primera vez, un protocolo de actuación para los integrantes de las mesas electorales con el objetivo de garantizar a las personas con discapacidad el ejercicio de su derecho al voto en los comicios municipales y autonómicos del próximo 28 de mayo.

El manual de instrucciones, que establece el desarrollo de toda la jornada electoral y cuenta con el aval de la Junta Electoral Central, fue aprobado hoy por el Consejo de Ministros, que dio el visto bueno también a la contratación, por la vía de emergencia, de su distribución junto al resto de impresos electorales por importe de 505.519,67 euros.

Concebido como un “detallado y extenso” compendio de instrucciones para los miembros de las mesas electorales, este manual incorpora por primera vez un apartado específico sobre ‘Accesibilidad de los procesos electorales’ para garantizar el sufragio de las personas con discapacidad, tal y como indica el Ministerio del Interior en una nota.

Se trata de un protocolo de procedimiento para que los miembros de las mesas electorales sepan cómo actuar en ayuda de estos votantes, siempre a partir del principio legal de que el acto de votar tiene carácter personal e intransferible y nadie puede hacerlo por delegación o representación.

El apartado específico de accesibilidad fija cómo debe encauzarse el contacto con esas personas en función de las características de cada discapacidad, ya sea sensorial, de movilidad o con dificultades de comprensión debido a una discapacidad intelectual y/o trastorno del espectro del autismo.

El manual, elaborado por la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior, ha sido ha sido consensuado con la Oficina de Atención a la Discapacidad (Oadis) del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y en colaboración con organizaciones como ONCE, Fiapas o Plena Inclusión España.

PAPELETAS EN BRAILLE

En aquellas comunidades autónomas que celebren elecciones propias, las personas con discapacidad visual que conozcan el sistema braille podrán solicitar la utilización del procedimiento de votación accesible, gracias al cual en el momento de votar recibirán un maletín o carpeta rígida con la información y el material necesario para ejercer su derecho al voto mediante este procedimiento.

Además, la mesa electoral les garantizará un espacio adecuado habilitado para el manejo de la documentación entregada o, si lo desean, podrán llevarse el maletín fuera del local electoral y regresar más tarde para emitir su voto según el procedimiento previsto para el resto de votantes.

Asimismo, podrán ser asistidas por una persona de su confianza. Los perros-guía y los de asistencia para personas con discapacidad serán siempre admitidos, no podrán ser separados de la persona que los necesita y no serán molestados ni distraídos. Este sistema es todavía inviable en el caso de las elecciones municipales, que se desarrollarán en más de 60.000 mesas electorales y en las que concurren centenares de miles de listas electorales distintas.

JORNADA ELECTORAL

El manual de instrucciones, por otra parte, simplifica las reglas que establecen el desarrollo de la jornada electoral, similar al procedimiento empleado en las anteriores convocatorias electorales. Las mesas se constituirán a las 08.00 horas del próximo 28 de mayo, compuestas por un presidente y dos vocales que disfrutarán de una dieta de 70 euros y una reducción de cinco horas de la jornada laboral del lunes siguiente en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y los empleados públicos.

El Ministerio de Interior va a editar más de 910.000 manuales que se distribuirán entre las más de 60.000 mesas electorales previstas el próximo 28 de mayo. Serán bilingües en las comunidades autónomas que tienen reconocida lengua cooficial, y trilingües los que correspondan a las mesas electorales del Valle de Arán, en la provincia de Lleida.

Además, se han preparado distintos modelos para las autonomías en las que solo se convocan elecciones municipales, para aquellas en las que coinciden con legislativas autonómicas y para las comunidades en las concurren comicios a entidades de otro tipo, como es el caso del País Vasco (elecciones a las juntas generales de los territorios históricos de Araba/Álava, Gipuzkoa y Bizkaia), Illes Balears (consejos insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza), Islas Canarias (cabildos insulares), Lleida (Consejo General de Arán) y Navarra (concejos).

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