El Cermi pide que se mejore la protección de las personas con discapacidad como consumidores energéticos vulnerables

Fecha

29/11/2018

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha pedido al Congreso que continúe mejorando la protección social y económica de las personas con discapacidad como consumidores energéticos vulnerables en la nueva ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores.

Así se desprende del documento que el Cermi ha remitido al Congreso de los Diputados con propuestas de enmiendas al proyecto de ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores que se encuentra actualmente en trámite en la Cámara Baja.

En concreto, la plataforma representativa de la discapacidad en España solicita que se incluya a las personas en situación de dependencia moderada, es decir, en grado I, en la redacción del artículo 52, relativo a la suspensión de suministro, de la Ley del Sector Eléctrico.

En este sentido, el Cermi considera que la no cobertura de las personas en situación de dependencia de grado I carece de justificación social y supone una injusticia.

Por este motivo, plantea también la inserción de las personas en situación de dependencia en grado I en la definición de consumidor vulnerable recogida en el artículo 3.3 del Real Decreto 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Asimismo, el Cermi solicita la modificación de este mismo artículo para incluir, entre los requisitos para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado consumidor vulnerable, “que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tengan oficialmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%”.

El Cermi aclara que en caso de aprobarse esta modificación, sería preciso suprimir la letra a) del artículo 3 relativo al incremento de los multiplicadores de renta respecto del indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (índice IPrem), que en la redacción actual incluye “que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%”.

Por el contrario, de no aceptarse este cambio propuesto por la plataforma representativa de la discapacidad en España, este apartado no se modificaría, manteniendo como circunstancia especial para el incremento del 0,5 de los multiplicadores de renta el requisito anteriormente expuesto.

Con estas enmiendas, el Cermi espera que la nueva ley dote a las personas con discapacidad y sus familias de la máxima protección como consumidores eléctricos vulnerables sin condicionarlo a la renta, pues se trata de consumidores que, por su situación, han de afrontar un sobrecoste eléctrico derivado de ser consumidores de energía más intensivos.

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