El Cermi analiza en un informe cómo afectan las novedades normativas sobre seguridad vial y movilidad a las personas con discapacidad

Fecha

16/11/2020

Medio

Servimedia

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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha elaborado un informe en el que analiza los cambios que afectan a las personas con discapacidad con la reciente modificación aprobada por el Consejo de Ministros de los Reglamentos de Conductores, de Circulación y de Vehículos.

En relación con el Reglamento General de Conductores, el Cermi destaca que se sustituye el término ‘personas con deficiencias’ por ‘personas con discapacidad’ en varios puntos del articulado. Asimismo, se refuerza la garantía de que las personas con discapacidad auditiva podrán recibir la información a la hora de examinarse de forma adecuada a sus necesidades.

Igualmente, se establece la posibilidad de que en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, se puedan autorizar, cuando no se vea comprometida la seguridad vial, ciertas adaptaciones, restricciones o limitaciones para el acceso a los permisos de conducción por personas con problemas asociados al sistema locomotor.

“Los avances de la ciencia y de la medicina hacen que la prohibición que existe en la actualidad, con la única excepción del cambio automático y la dirección asistida, se convierta en una limitación injustificada”, recoge el informe del Cermi, haciéndose eco del contenido de la reforma reglamentaria.

MÁS SEGURIDAD PARA PEATONES

En cuanto a los Reglamentos de Circulación y de Vehículos, el real decreto aprobado el pasado martes por el Gobierno establece la definición de vehículo de movilidad personal y prohíbe su circulación por las aceras, una demanda planteada por el movimiento Cermi de forma insistente, puesto que “la proliferación anárquica de estos medios de transporte compromete la seguridad de peatones vulnerables”, como es el caso de personas con discapacidad y mayores.

“La circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales”, fija explícitamente la modificación legal.

El Cermi recuerda también en su informe que, aunque la reforma aprobada por el Consejo de Ministros no se refiere en ningún caso al estacionamiento de los vehículos de movilidad personal, como patinetes eléctricos, la regulación vigente ya establecía (y así se mantiene) la prohibición de aparcar en lugares de paso en los que se dificulte el tránsito de peatones.

“Por lo tanto, además de la prohibición de que los vehículos de movilidad personal puedan circular por las aceras y demás espacios reservados a los peatones, también queda prohibido su estacionamiento en estos espacios, con lo cual se ve atendida la demanda del Cermi”, apostilla el informe de la plataforma representativa de la discapacidad en España.

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