Cerca del 80% de los pacientes con enfermedades renales reciben diálisis en centros privados o concertados

Fecha

02/10/2015

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Alrededor del 80 por ciento de los pacientes con enfermedades renales reciben diálisis en centros privados o concertados, y esta diferencia de titularidad entre los centros puede suponer una desigualdad en el acceso al tratamiento, según ha explicado la miembro de la Junta Directiva de la Sociedad Española de Nefrología (SEN), Elvira Fernández.

“Los pacientes se dializan en centros que no son mayoritariamente públicos, sino centros de multinacionales con baremos de calidad diferentes, que no dependen de los servicios de Nefrología de referencia y que tienen sus propias políticas de tratamiento”, ha explicado Fernández, durante la presentación de un manifiesto por los derechos de los pacientes con enfermedad renal crónica redactado por la Federación Nacional de Asociaciones para la Lucha Contra las Enfermedades Renales (ALCER).

Por su parte, el presidente de ALCER, Jesús Molinuevo, ha afirmado que los centros concertados son “importantes e imprescindibles”, ya que el Sistema Nacional de Salud no dispone de capacidad para atender a todos los pacientes que requieren diálisis. “La Administración tiene que establecer unos criterios de calidad en base a las guías de calidad de la Sociedad Española de Nefrología”, ha reclamado.

Fernández ha señalado que “sería imposible que la Sanidad asumiera ese gasto sanitario” y ha reivindicado la necesidad de una vigilancia de la actividad de los centros concertados y “que el servicio de Nefrología de referencia realice una labor de tutelaje, de forma que se garantice la equidad y el acceso al tratamiento igualitario”.

LA DESIGUALDAD SUPONE UNA VULNERACION DE DERECHOS

El profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Alcalá de Henares y experto en cuestiones de derechos de las personas con enfermedades crónicas y discapacidad, Miguel Angel Ramiro, ha afirmado que estos problemas de acceso a los tratamientos supone la vulneración de varios derechos humanos reconocidos en la Constitución Española.

Ramiro ha asegurado que “en España sigue habiendo problemas de derechos humanos” y que en muchas ocasiones vienen motivados por “recortes que se han cebado en las prestaciones sociales y sanitarias”. Por ello, la ALCER ha decidido recoger los derechos básicos de los pacientes con enfermedad renal crónica en un manifiesto que ha sido remitido al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

En concreto, el no reconocer estos derechos supone la vulneración del artículo 9.2 de la Constitución Española, que reconoce la obligación de los poderes públicos de promover la igualdad y la libertad; el artículo 43, sobre el derecho a la protección de la salud; e incluso el artículo 15, relativo al derecho a la vida y a la integridad física y moral.

Ramiro ha afirmado que “la Administración debería hacer más caso a las sociedades científicas y que los criterios que se manejen en estos casos sean exclusivamente clínicos y no económicos”.

LA PREVENCION ES FUNDAMENTAL

Fernández ha destacado la prevención como la tarea más importante para reducir el gasto que suponen los tratamientos para enfermedades renales crónicas y para mejorar la calidad de vida de los pacientes.

“La diálisis o el trasplante son tratamientos extraordinariamente costosos y que se llevan gran parte del presupuesto sanitario. La mejor manera de ahorrar no es disminuir la calidad de los tratamientos, sino prevenir la enfermedad. De esta manera, también se ahorra a los pacientes pasar por un camino que disminuye el bienestar físico y psicológico”, ha explicado Fernández.

La estrategia de prevención debe centrarse en las poblaciones y factores de riesgo conocidos de las enfermedades renales crónicas. Muchos de estos factores coinciden con los de la mayoría de las enfermedades cardiovasculares, como la hipertensión, la hipercolesterolemia, el tabaco, la obesidad o la diabetes.

Fernández ha señalado que, ante estos factores de riesgo, se puede diagnosticar la enfermedad a través de un ‘screening’, una analítica sencilla al paciente, que no supone un gran gasto y que se puede realizar en Atención Primaria. Aunque esta opción de diagnóstico está recogida en los documentos de consenso de la SEN, “no se aplica y no está generalizado”.

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