Las complicaciones en un parto causadas por una negligencia médica han dado lugar a una indemnización para la perjudicada y sus padres de 5,2 millones de euros, la mayor en la historia de España por este motivo. Los hechos se remontan a octubre de 2012, cuando A. P. C. acudió al Hospital Gutiérrez Ortega de Valdepeñas (Ciudad Real) a ponerse de parto. Durante el proceso, según consideraron los jueces como hechos probados, la frecuencia cardiaca fetal disminuyó en varios momentos, poniendo en riesgo el bienestar del bebé. La falta de control en el parto por parte de la matrona y del ginecólogo derivó en una falta de oxígeno para la niña, que nació con daño neurológico.
«La niña tiene un 97% de minusvalía, tiene un daño cerebral anóxico, está postrada en una cama, no tiene capacidad para comer, para toser… prácticamente no interacciona con el medio. El daño es brutal», explica a ABC Francisco Fernández-Bravo, abogado de los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente.
El procedimiento legal ha sido largo, de casi 10 años, pues comenzó en 2013. La primera sentencia de un juzgado de lo Penal de Ciudad Real y una posterior de la Audiencia Provincial condenaban a la matrona y al ginecólogo que atendieron el parto a nueve meses de multa con una cuota de diez euros diarios por un delito de lesiones por imprudencia profesional menos grave.
«Señales de alarma»
Las sentencias reconocen como hechos probados que «pese a estas claras e inequívocas señales de alarma» al ver que la frecuencia cardíaca del feto disminuía, el ginecólogo y la matrona «pese a sus respectivas cualificaciones profesionales y apartándose de la pericia que les era exigible en atención a sus conocimientos, con un proceder absolutamente negligente, no adoptaron las medidas necesarias encaminadas a solucionar la situación de pérdida de bienestar fetal, en orden a la finalización del parto y evitación de un sufrimiento fetal irreversible».
Fue a raíz del «deficiente control y seguimiento durante el período», continúa la sentencia, el «grave y severo daño neurológico» que sufrió la pequeña a causa de la falta de oxígeno que le generó la disminución continua de la frecuencia cardíaca.
La menor sufre las siguientes lesiones acreditadas: encelopatía hipxico-isquémica con parálisis infantil grave de predominio distónico, convulsiones y necesidad de alimentación mediante sonda. Ha precisado además de una decena de intervenciones y tiene otras secuelas residuales como trastornos cognitivos y daño neuropsicológico muy grav, amnesia anterógrada y retrógrada que le impide adquirir nueva información, amnesia de fijación, confabulaciones y paramnesias. «Las severas y graves lesiones sufridas por la menor implican una pérdida total de autonomía para las actividades esenciales de la vida diaria, siendo totalmente dependiente para la alimentación, aseo personal, vestirse, arreglarse, para las deposiciones, para trasladarse, etc. A su vez esta pérdida de autonomía personal ha provocado una sustancial alteración de la vida de sus familiares ante la prestación de cuidados y atención continuada que demanda la pequeña», recoge el fallo.
Por el caso también se condenó como responsables civiles al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y a las aseguradoras Mapfre y Zurich, al ser los seguros que en ese momento cubrían a la sanidad manchega y a la matrona que atendió el parto. Ahora, para evitar que el caso llegue hasta el Tribunal Supremo tras haberse presentado varios recursos de casación, la acusación particular y las aseguradoras han llegado a un acuerdo por el que se indemnizará a la familia con 2.591.498 euros en concepto de indemnización principal, más 2.356.726 euros en concepto de intereses y capitalización de la pensión anual. Esta cantidad, unida a los costes del procedimiento, alcanzará una indemnización de unos 5,2 millones de euros, la mayor cuantía por este tipo de negligencia, asegura la asociación El Defensor del Paciente.
«La sensación de los padres es bastante agridulce, sienten que se ha hecho justicia, pero cambiarían todo este dinero por tener una hija sana», explica Fernández-Bravo. Para los responsables de la falta de control en el parto, cuenta el abogado de la familia de la niña, se ha optado por una pena de multa. No se les inhabilitará por haber reconocido los hechos.
«Las penas accesorias de inhabilitación de los profesionales que causan este tipo de daños tan graves por un actuar tan descuidado debían ser más habituales», considera por su parte Carmen Flores, presidenta de la asociación El Defensor del Paciente, que mediante una nota sentencia: «Ni dándoles el Palacio Real pagan estos daños».
Noticia de Elena Calvo.