Objeto
1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas a las empresas públicas y privadas que contraten a personas con discapacidad, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, así como para las que transformen en indefinidos los contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad regulados en la disposición primera de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre).
2. De conformidad con el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (BOE nº 300, de 16 de diciembre), se consideran personas con discapacidad las que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al treinta y tres por ciento (33%), como también las y los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y las y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
3. El grado de minusvalía igual o superior al 33% debe acreditarse mediante la documentación prevista en el citado artículo 2 del Real Decreto 1414/2006.