Convocatoria del concierto social residencial para personas mayores en situación de dependencia
1. Objeto y ámbito de aplicación
Se establece la regulación del procedimiento de convocatoria del primer concierto social para residencias de personas mayores en situación de dependencia en las Illes Balears, y se dicta al amparo de las previsiones contenidas en el Decreto 18/2015, de 10 de abril, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.
Se sujetan a este procedimiento los conciertos de reserva y ocupación de plazas con los servicios de acogimiento residencial y asistencia integral que ofrecen prestaciones de alojamiento, manutención, higiene, atención y apoyo para las actividades de la vida diaria, con la función de sustituir el hogar habitual de manera permanente o temporal con el fin de mejorar las condiciones de vida, tanto de las personas mayores como de las familias.