1. Objeto
1.1 Esta Resolución tiene por objeto establecer y regular las ayudas para inversiones en materia de personas con discapacidad.
1.2 Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras de subvenciones que establece la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003, modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y
Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB nº. 48, de 23 de marzo), y, concretamente, por lo que dispone en el artículo 1.2.a), que establece, como uno de los objetos de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes, la adquisición, la creación, la reforma y la dotación de infraestructuras.
2. Finalidad
2.1 Las ayudas se conceden para financiar la adquisición de locales o edificios, la construcción, la adaptación o la ampliación, la reconversión y el equipamiento del centros o instalaciones para atender personas con discapacidad, y también el gasto financiero asociado al coste.
2.2 Los proyectos de adquisición, construcción, adaptación o ampliación de centros, objeto de esta convocatoria, pueden ser de dos tipos:
a) Subvenciones para inversiones plurianuales: para aquellos proyectos que se realicen en dos ejercicios presupuestarios (2006-2007).
b) Subvenciones para inversiones anuales: proyectos que se realicen durante el año 2006.
Régimen jurídico del deporte de personas con discapacidad
En esta obra, integrada por las ponencias y comunicaciones admitidas en la VI Jornada de la Asociación Española de Derecho Deportivo celebrada en Madrid el