Primera. Objeto.
El objeto de la convocatoria es ayudar a financiar una serie de Programas destinados a proporcionar al alumnado que participe en ellos una formación básica y profesional, acorde con la modalidad a desarrollar, en alguno de los perfiles profesionales relacionados en el anexo I de la Resolución de la Consejería de Educación y Cultura de 29 de mayo de 2000 por la que se regulan los Programas de Garantía Social en el Principado de Asturias, que les posibilite la incorporación a la vida activa o, en otros casos, la continuación de sus estudios.
Segunda. Beneficiarios.
1. Podrán solicitar subvención, respetando los requisitos de cada modalidad aquellas entidades que estén ubicadas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
2. Los Programas objeto de esta convocatoria podrán desarrollarse en las modalidades de:
a) Iniciación profesional, pueden ser beneficiarios de esta subvención los centros educativos, no públicos, que impartan enseñanzas de Educación Secundaria, Enseñanzas Artísticas o de Formación Profesional Específica que dispongan de la infraestructura y experiencia necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos.
b) Formación-empleo, podrán acceder a subvención para el desarrollo de Programas en esta modalidad las asociaciones empresariales sin fines de lucro, legalmente constituidas.
c) Talleres profesionales, pueden ser posibles beneficiarios las entidades privadas sin fines de lucro, legalmente constituidas, que no impartan Formación Profesional Reglada y con experiencia en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.
d) Para alumnos con necesidades educativas especiales, podrán acceder a subvención para el desarrollo de Programas en esta modalidad las entidades privadas sin ánimo de lucro dedicadas a la atención de jóvenes con discapacidad, legalmente constituidas, que presenten proyectos viables y dispongan de la infraestructura y experiencia necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Programa.