Primero. Objeto
1. Convocar para el ejercicio 2016 las subvenciones para el mantenimiento de los centros de atención social a las personas con diversidad funcional, reguladas por la Orden 1/2016, de 20 de enero (DOCV 7705, 26.01.2016), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de atención a personas con diversidad funcional, promoción de la autonomía personal y de la accesibilidad.
2. Podrán ser objeto de subvención para el mantenimiento los centros de atención social siguientes:
a) Centros de atención temprana.
b) Centros de rehabilitación e integración social para personas con enfermedad mental crónica (CRIS).
c) Centros ocupacionales.
d) Centros de día.
e) Residencias para personas con discapacidad y centros específicos para personas con enfermedad mental crónica (CEEM).
f) Viviendas tuteladas.
g) Centros de atención diurna o residencial para personas con discapacidad en situación de dependencia, según su tipo de discapacidad.