Resolución de 28 de junio de 2013, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, por la que se convocan para el año 2013 subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo.

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Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

16/07/2013

Fecha de entrada en vigor

Sección

Resoluciones Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Aragón

Resumen

Primero.- Objeto .

La presente resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2013 el programa de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo.

Segundo.- Bases reguladoras de las subvenciones.

Las bases para la concesión de estas subvenciones por el Instituto Aragonés de Empleo fueron aprobadas por la Orden de 17 de julio de 2006, del Departamento de Economía, Ha – cienda y Empleo, (“Boletín Oficial de Aragón”, núm. 91, de 9 de agosto de 2006), conforme a los términos exigidos en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero.- Actuaciones subvencionables.

La concesión de estas subvenciones tiene por objeto financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo.

Cuarto.- Beneficiarios y requisitos para solicitar las subvenciones.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por medio de la presente resolución, las entidades titulares de Centros Especiales de Empleo, así como dichos centros cuando tengan personalidad jurídica propia, siempre que cumplan con los siguientes requisitos, además de los contemplados en la normativa aplicable en materia de subvenciones:

a) Que posean la calificación administrativa de Centro Especial de Empleo y figuren ins – critos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b) Que cuenten en su plantilla con trabajadores con el tipo de discapacidad y grado de minusvalía establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la Orden de 17 de julio de 2006, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el funcionamiento de las Unidades de Apoyo a la actividad profesional en los Centros Especiales de Empleo.

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