Resolución de 26 de enero de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, correspondientes al año 2022

SID > Resolución de 26 de enero de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, correspondientes al año 2022

Organismo emisor

Ministerio de Educación y Formación Profesional

Fecha de disposición

26/01/2022

Fecha de publicación

04/02/2022

Fecha de entrada en vigor

Sección

Resoluciones

Colectivo

Todos

Ambito

España

Tema

Resumen

La presente resolución tiene por objeto convocar las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior, correspondientes al año 2022.
El ámbito de aplicación de estas pruebas se corresponde con las que se celebren en las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla, en el centro de titularidad española en el Reino de Marruecos (IE Juan de la Cierva, Tetuán), en otros países (exterior) así como en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, en adelante CIDEAD, dependiente de la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la vida.

El artículo 3.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, determina entre los principios y objetivos generales que estas enseñanzas deberán prestar una atención adecuada, en condiciones de accesibilidad universal y con los recursos de apoyo necesarios, en cada caso, a las personas con discapacidad.
En cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 de la disposición adicional segunda del mencionado real decreto, en la realización de las pruebas de acceso se deberá observar la legislación en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. A tal fin se garantizará la adecuación de espacios, tiempos, medios y recursos necesarios a la discapacidad concreta del candidato, de modo que éste pueda realizar la prueba de acceso objeto de esta convocatoria en las mismas condiciones que el resto de los aspirantes.

 

Resolución en Pdf.

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