De acuerdo con la estipulación décima de los Conciertos de reserva y ocupación de plazas en centros de servicios sociales, suscritos al amparo del Decreto 12/1997, de 30 de enero, por el que se regula la acción concertada en materia de reserva y ocupación de plazas en Centros de Servicios Sociales para personas mayores y personas con discapacidad, existen dos periodos de facturación, el primero en el que se va facturando mes a mes y que de acuerdo con la vigente prórroga de conciertos va de enero a septiembre. El segundo que incluye los tres meses restantes y para cuyo abono la entidad presenta una única factura en enero del año siguiente.
Ante las circunstancias excepcionales que concurren en la actualidad frente a las que las Administraciones Públicas deben ofrecer una respuesta eficiente, como medida extraordinaria y con el fin de agilizar en la medida de lo posible el pago de los servicios concertados prestados, se prevé el abono de las cantidades[…]
- Organismo emisor: CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
- Rango: RESOLUCIÓN
- Fecha de publicación: 25/10/2024
- Fecha de disposición: 17/10/2024