Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer un protocolo para la evaluación e intervención ante las conductas problemáticas graves que pueda presentar el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad intelectual.
2. A efectos de lo dispuesto en esta resolución, se consideran conductas problemáticas graves aquellas conductas que por su intensidad, duración o frecuencia pueden poner en peligro la integridad física del alumno y la de los demás, y afectan negativamente tanto a su desarrollo personal como a sus oportunidades de participación en el medio escolar, social y familiar. Estas conductas problemáticas incluyen a los comportamientos autolesivos o daño a sí mismo, la heteroagresividad o daño a otros y la destrucción de objetos.
3. La presente resolución será de aplicación en los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y que escolaricen al alumnado señalado en el apartado primero.