Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de proyectos de empleo formación en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

SID > Resolución de 12 de diciembre de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento de proyectos de empleo formación en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

24/12/2013

Fecha de entrada en vigor

Sección

Resoluciones Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Asturias

Resumen

Primera.

– Objeto y finalidad.

El objeto de las presentes bases reguladoras es la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con destino a entidades promotoras del p rincipado de a sturias para la ejecución de proyectos de empleo – formación para las siguientes líneas de actuación:

A. Escuelas Taller.

B. Talleres de e mpleo.

A .— Escuelas Taller.

1. Las Escuelas Taller se configuran como un programa mixto de empleo y formación que tiene como objetivo prioritario mejorar la ocupabilidad de jóvenes desempleados menores de veinticinco años, con la finalidad de facilitar su inserción laboral.

2. Las obras o servicios de utilidad pública o de interés social que se desarrollen en las escuelas Taller deberán posibilitar a los alumnos trabajadores la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional ocupacional recibida, que estará relacionada directamente con dicho trabajo, procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

3. La programación de las escuelas Taller tendrá que estar integrada por acciones formativas incluidas en el Fichero de Especialidades Formativas vigente del Servicio Público de Empleo y los correspondientes Certificados de profesionalidad.

B.—Talleres de empleo.

1. Los Talleres de Empleo se configuran como un programa mixto de empleo y formación que tiene por objeto mejorar la ocupabilidad de los desempleados de veinticinco o más años, con la finalidad de facilitar su inserción laboral.

2. Serán destinatarios los desempleados de veinticinco o más años con especiales dificultades de inserción laboral o que se determinen como colectivos preferentes de actuación en los p lanes n acionales de a cción para el empleo de cada año.

3. Las obras o servicios de utilidad pública o de interés social que se desarrollen en los Talleres de e mpleo deberán posibilitar a los trabajadores participantes la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional ocupacional recibida, que estará relacionada directamente con dicho trabajo, procure su cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.

4. La programación de los Talleres de e mpleo tendrá que estar integrada por acciones formativas incluidas en el Fichero de Especialidades Formativas vigente del Servicio Público de Empleo y los correspondientes Certificados de p rofesionalidad

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