Las misiones encomendadas al Comité son:
a) Establecer los objetivos comunes de atención a las poblaciones seleccionadas en las Zonas Básicas de San Juan, Tafalla, Allo, Estella/Lizarra y Tudela-Oeste.
b) Definir los indicadores de evaluación de los resultados de atención a la población definida.
c) Definir el modelo de Pacto de Gestión Conjuntos entre los Equipos de Atención Primaria, Centros de salud Mental y Servicios Especializados Piloto.
d) Definir los circuitos asistenciales, perfiles profesionales, apoyos e innovaciones organizativas que permitan la más rápida, ágil y eficaz atención a esa población.
e) Definir las innovaciones tecnológicas y las mejoras en la historia clínica necesarias para la mejor relación con los pacientes y con los profesionales entre sí.
f) Promover el modelo de integración sociosanitaria más adecuado para esas zonas para la mejor atención a la citada población.
g) Sugerir los cambios normativos necesarios que, para la mejor atención de calidad deban de hacerse para favorecer esta misión en aras a una mayor autonomía y responsabilidad.
h) Definir la hoja de ruta de implantación de este modelo piloto de atención.
4.º El Comité Director de la Estrategia Poblacional de Atención al Paciente Crónico y Pluripatológico del Servicio Navarro de Salud/Osasunbidea dependerá de la Dirección operativa de la Estrategia de Atención al Paciente Crónico y Pluripatológico de Navarra que ostenta el Director de Atención Primaria.
5.º El Comité podrá ser asistido por los asesores especialistas que se considere oportuno y podrá crear los subcomités o grupos de trabajo que estime oportuno.
6.º El Comité se regirá por la presente Resolución y por sus normas de funcionamiento interno.
7.º Trasladar esta Resolución a la Secretaría General Técnica del Departamento de Salud y publicarla en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
8.º La presente Resolución surtirá efecto desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.