Artículo 1. Objeto y ámbito del real decreto.
1. El objeto de este real decreto es regular la estructura y funcionamiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Enseñanza a Distancia (en adelante CIDEAD). CIDEAD, que no tiene personalidad jurídica propia, está adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la Vida de la Dirección General de Formación Profesional.
2. Corresponde a CIDEAD la atención educativa a distancia en todo el territorio nacional y la atención educativa a distancia a ciudadanos españoles que residan en el exterior, a excepción de la actividad desarrollada, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del deporte federado estatal, por los centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en todo el territorio nacional, según la disposición adicional cuadragésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Artículo 11. Accesibilidad universal. CIDEAD garantizará las condiciones de accesibilidad universal en las plataformas educativas que constituyan el entorno virtual de aprendizaje, así como de los procesos, procedimientos, herramientas y medios didácticos necesarios, con el objeto de que los estudiantes con discapacidad cuenten con las mismas condiciones y oportunidades.