Modificación de los supuestos de obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
La obligación del uso de las mascarillas no será exigible: A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
Referencias anteriores
- DEROGA el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-2022-2062).
- EN RELACIÓN con el art. 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2021-4908).