El baremo que se establece en el anexo I de esta norma determina los criterios objetivos para la valoración del grado de autonomía de las personas, en orden a la capacidad para realizar las tareas básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión a este respecto para personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, conforme a lo establecido en el capítulo III, título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre
Referencias anteriores
- DEROGA con efectos desde el 18 de febrero de 2012, el Real Decreto 504/2007, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2007-8350).
- DE CONFORMIDAD con la disposición final 5 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-21990).
Materias
- Ancianos
- Asistencia social
- Ayudas
- Discapacidad
- Formularios administrativos
- Invalidez