El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 33,33 euros/día o 1.000 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
Guía de apoyo para el empleo inclusivo en empresas turísticas.
Este documento es un recurso creado para ayudar a las empresas turísticas a incorporar buenas prácticas de inclusión laboral. La guía ofrece recomendaciones y pautas