Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad

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Organismo emisor

Ministerio de la Presidencia

Fecha de disposición

16/09/2011

Fecha de publicación

17/09/2011

Fecha de entrada en vigor

18/09/2011

Sección

Decretos

Colectivo

Todos

Ambito

España

Tema

Resumen

Artículo primero. Modificación del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.

Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Artículo cuarto. Modificación del Real Decreto 1546/2004, de 25 de junio, por el que se aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear.

Artículo quinto. Modificación del Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo radiológico.

Artículo sexto. Modificación del Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, por el que se regula la creación e implantación de unidades de apoyo ante desastres.

Artículo séptimo. Modificación del Reglamento de Organización y Régimen del Notariado, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944.

Artículo octavo. Modificación del Real Decreto 2070/1999 de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos y la coordinación territorial en materia de donación y trasplante de órganos y tejidos.

Artículo noveno. Modificación del Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.

Artículo décimo. Modificación del Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión.

Artículo undécimo. Modificación del Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos.

Disposición adicional primera. Designación de mecanismo independiente para promover, proteger y supervisar en España la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Sin perjuicio de las funciones del Defensor del Pueblo como Alto Comisionado para la defensa de los derechos humanos, y a los efectos del número 2 del artículo 33 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se designa al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en tanto que asociación de utilidad pública más representativa en el ámbito estatal de los diferentes tipos de discapacidad, como mecanismo independiente para promover, proteger y supervisar la aplicación en España del citado Tratado internacional.

Disposición adicional segunda. Suministro de información de las comunidades autónomas.

Disposición adicional tercera. Planes de accesibilidad en los puertos de interés general.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a este real decreto.

Referencias anteriores

  • DEROGA art. 2.2.c) del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22080).
  • MODIFICA:
    • Apartado 5 del Real Decreto 1564/2010, de 19 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17808).
    • Anexos I y IX del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-20785).
    • art. 5 del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19968).
    • arts. 7 y 8 del Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre (Ref. BOE-A-2006-19625).
    • arts. 6, 9 y 22 del Real Decreto 1088/2005, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2005-15514).
    • Apartado 4 del Real Decreto 1546/2004, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2004-13061).
    • los arts. 2 y 3 del Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero (Ref. BOE-A-2004-2316).
    • art. 6 del Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-12326).
    • arts. 2, 9 y 15 del Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-79).
    • Apartado 4 del Real Decreto 407/1992, de 24 de abril (Ref. BOE-A-1992-9364).
    • art. 182 del Decreto de 2 de junio de 1944 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1944-6578).
  • DE CONFORMIDAD con Ley 26/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13241).

Materias

  • Barreras arquitectónicas
  • Capacidad
  • Consentimiento informado
  • Cooperación internacional
  • Discapacidad
  • Donantes
  • Equipos de telecomunicación
  • Medicamentos
  • Notarías
  • Planes de Emergencia Nuclear
  • Protección Civil
  • Protección radiológica
  • Sangre
  • Transporte de viajeros
  • Trasplantes de órganos

Real Decreto en Pdf.

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