Objeto.
1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público de las aportaciones de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 destinadas a la financiación para 2021 del desarrollo de actuaciones del componente C22.R1. «Reforzar la atención a la dependencia y promover el cambio de modelo de apoyos y cuidados de larga duración» y de las inversiones del componente C22.I3 «España País Accesible» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas
aportaciones se efectuarán sin menoscabo de las posibles aportaciones que puedan realizarse por la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Referencias anteriores
- DE CONFORMIDAD con:
- el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17340).
- los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20977).
- CITA Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero (Ref. DOUE-L-2021-80170).
Materias
- Asistencia social
- Ceuta
- Melilla
- Secretaría de Estado de Derechos Sociales
- Subvenciones
- Viviendas sociales