Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1.– Las subvenciones reguladas en la presente orden tienen por finalidad la financiación de actuaciones dirigidas a trabajadores desempleados, inscritos en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León y que contribuyan a mejorar su cualificación profesional y su capacidad de inserción laboral, a través de los siguientes programas de cualificación profesional y acompañamiento a la inserción:
a) Itinerarios integrados para desempleados.
b) Itinerarios integrados para menores de 25 años.
2.– Las subvenciones objeto de estos programas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
3.– Las presentes bases serán de aplicación a los itinerarios integrados que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.