Artículo 1. Ámbito de aplicación y objeto.
1. La presente Orden establece las bases reguladoras de concesión de las subvenciones sometidas al Régimen General de subvenciones del ámbito de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, comprendiéndose en su ámbito de aplicación la convocatoria que se contempla en el artículo 2 de la presente Orden.
2. El objeto de estas subvenciones será la realización de programas que fomenten la integración sociolaboral del colectivo de personas inmigrantes, solicitantes de asilo, refugiados, apátridas, personas acogidas al régimen de protección temporal y otros estatutos de protección subsidiaria.
Artículo 8. Criterios generales de valoración de las entidades y de los programas. Determinación de la cuantía de las subvenciones.
g) Adecuación de recursos humanos: Se valorarán las líneas de actuación de la entidad en materia de gestión de los recursos humanos que se adscriben a los diferentes programas, teniendo en cuenta.
(Máximo 6 puntos):
1.º La naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva incorporación.
2.º Que los criterios de contratación del personal contribuyan al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad, así como de otros grupos sociales sobre los que existen medidas especiales de fomento de empleo, y especialmente inmigrantes y mujeres.
3.º La adecuada proporción entre el personal asalariado y el personal voluntario de la organización.
Proyectos financiados en la I Convocatoria de Cooperación al Desarrollo UCM 2004 [Cd-rom]
La Universidad Complutense de Madrid ha realizado la I Convocatoria de Proyectos de Cooperación al Desarrollo 2004 para regular la concesión de subvenciones a proyectos