CAPÍTULO V
De las viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores
Referencias anteriores
- MODIFICA los arts. 2.1, 8.2, 10, 14, 17, 33, la disposición adicional 2, el anexo y AÑADE el capítulo XV a la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4911).
- SUPRIME el capítulo I, MODIFICA los arts. 8, 9 y AÑADE la disposición adicional única a la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4793).
- DE CONFORMIDAD con:
- el art. 3 del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2020-4902).
- los arts. 4, 7 y 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3692).
- CITA Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio (Ref. BOE-A-1981-12774).
Materias
- Alojamientos turísticos
- Artículos de aseo e higiene
- Asistencia social
- Ayuntamientos
- Bibliotecas
- Caza
- Centros residenciales para personas con discapacidad
- Comercio
- Congresos
- Consumidores y usuarios
- Defunciones
- Deporte
- Deporte de alto nivel
- Deportistas profesionales
- Epidemias
- Espectáculos
- Establecimientos comerciales
- Establecimientos residenciales para la Tercera Edad
- Estado de alarma
- Exposiciones
- Gimnasios
- Hostelería
- Instalaciones deportivas
- Libre circulación de personas
- Monumentos y Conjuntos Histórico Artísticos
- Pesca
- Piscinas
- Playas
- Prevención y seguridad integral
- Salas de exhibición cinematográfica
- Sanidad
- Seguridad e higiene en el trabajo
- Teatro
- Trabajadores