Orden SCO/2088/2006, de 15 de junio, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios de Logopedas

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Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

01/07/2006

Fecha de entrada en vigor

Sección

Órdenes Ministeriales

Colectivo

Deficiencias del lenguaje, habla y voz

Ambito

España

Resumen

Normas generales
Artículo 1. Consejo General.
1. El Consejo General de Colegios de Logopedas, creado por la Ley 1/2003, de 10 de marzo, y regido por dicha ley, por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y por estos Estatutos provisionales, agrupa a todos los Colegios de Logopedas y es el órgano representativo y coordinador de los mismos en los ámbitos nacional e internacional.
Tiene a todos los efectos la condición de Corporación de Derecho Público, amparada por la ley y reconocida por el Estado, y posee personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2. La estructura interna y el funcionamiento del Consejo serán democráticos.

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