El artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece que la selección de personal funcionario interino así como la contratación del personal laboral temporal, a excepción del docente y sanitario que se regirá por sus normas específicas, se realizará mediante un sistema de bolsas o listas abiertas y públicas en los términos que reglamentariamente se determinen, que garantizando los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad, posibiliten la necesaria agilidad, racionalidad, objetividad y transparencia en la selección.
En desarrollo reglamentario del antedicho precepto legal, se ha procedido mediante el Decreto 21/2018, de 26 de julio, a la regulación de la selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (Boletín Oficial de Castilla y León n.º 146/2018, de 30 de julio).
En el[…]
- Organismo emisor: CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
- Rango: ORDEN
- Fecha de publicación: 04/09/2023
- Fecha de disposición: 25/08/2023