La presente orden tiene por objeto crear y regular el Comité Ético vinculado a la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, que establece el Ingreso Mínimo Vital, dedicado especialmente a la protección de los derechos de las personas participantes en el desarrollo de los itinerarios de inclusión social.
El Comité Ético tiene por finalidad generar conocimiento y modos de actuación que repercutan en la calidad del desarrollo de los itinerarios de inclusión social y en el bienestar de las personas participantes en los mismos, velando porque se garantice su dignidad y el respeto a su autonomía e intimidad.
Referencias anteriores
- DE CONFORMIDAD con la Ley 19/2021, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21007).
Materias
- Asistencia social
- Comités consultivos
- Organización de la Administración del Estado
- Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social