Orden foral 58/2012, de 9 de febrero, de la Consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, por la que se regulan los supuestos excepcionales y de renovación extraordinaria de la renta de inclusión social.

SID > Orden foral 58/2012, de 9 de febrero, de la Consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, por la que se regulan los supuestos excepcionales y de renovación extraordinaria de la renta de inclusión social.

Organismo emisor

Fecha de disposición

Fecha de publicación

22/03/2012

Fecha de entrada en vigor

Sección

Órdenes Autonómicas

Colectivo

Todos

Ambito

Navarra

Resumen

Artículo 1. Objeto.

Esta Orden Foral tiene por objeto regular los supuestos excepcionales de acceso a la renta de inclusión social y la renovación extraordinaria de esta prestación previstos en los artículos 3.2 y 5 de la Ley Foral de la Renta de Inclusión Social, así como la adaptación del procedimiento de concesión en estos supuestos.

Artículo 2. Supuestos excepcionales de acceso

1. Los solicitantes de la renta de inclusión social deben reunir con carácter general los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley Foral 1/2012, de 23 de enero, por la que se regula la renta de inclusión social.

2. Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios de la renta de inclusión social aquellos solicitantes que, aun no cumpliendo el requisito relativo a la edad o a los ingresos del artículo 3 de la Ley Foral de la Renta de Inclusión Social, se encuentren en alguna de las situaciones de necesidad descritas en esta disposición.

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