1.ª Objeto.
La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas para financiar el gasto ya ejecutado por las horas de cuidado de criaturas o personas adultas dependientes de mujeres en procesos de formación y asesoramiento de acceso al empleo, la mejora del mismo o creación de empresa, durante el tiempo que duren dichos procesos. Esta acción se encuentra cofinanciada al cincuenta por ciento por el Fondo Social Europeo y el Gobierno de Navarra.
2.ª Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas todas las mujeres que con responsabilidad directa en el cuidado de familiares, participen en cualquiera de los procesos de formación y/o asesoramiento contemplados en los programas de formación ocupacional del Objetivo 3, Plan FIP, y otros Programas o Iniciativas europeas tendentes a promover el acceso y la mejora de empleo o la creación de empresas, puestos en marcha en la Comunidad Foral de Navarra.
2. Deberán acreditarse las siguientes circunstancias (todas ellas):
a) Tener responsabilidad directa en el cuidado de, al menos, una persona dependiente vinculada familiarmente con la persona beneficiaria (menores, personas mayores y/o personas con discapacidad físicas, psíquicas o sensoriales superiores al 65 por 100), que sea preciso atender y cuidar y que, dicha circunstancia suponga una dificultad para poder acceder a las distintas acciones formativas o de asesoramiento.
b) La vinculación familiar se establece sobre las relaciones de parentesco por consanguinidad, afinidad y adopción. Considerando la variedad y la pluralidad de las estructuras familiares y modos de convivencia de las mujeres participantes, la vinculación familiar se ha establecido en base a una relación de parentesco de hasta 3.º Grado.