Al amparo del artículo 49 de la Constitución Española, los poderes públicos tienen la encomienda de realizar las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión de las personas con discapacidad a las que prestará especial protección para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes.
El artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incorporada al ordenamiento jurídico español mediante el Instrumento de Ratificación de 23 de noviembre de 2007, impone a los Estados Parte la obligación de salvaguardar y promover el ejercicio del derecho al trabajo de las personas con discapacidad, incluso para las personas que adquieran una discapacidad durante el empleo, adoptando las medidas pertinentes.
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en su artículo 70.1.10 atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva, entre otras, en materia de asistencia social, servicios sociales y desarrollo[…]
- Organismo emisor: CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
- Rango: ORDEN
- Fecha de publicación: 09/11/2023
- Fecha de disposición: 26/10/2023