Artículo Único. Modificar las letras a) y b) del apartado 3.2 de la base 24.ª «Criterios de graduación de los incumplimientos» de la Orden citada, que queda redactado en los siguientes términos:
«a) La no consecución del compromiso de contratación supondrá la reducción de la subvención en la fase de orientación y acompañamiento a la inserción, en el importe subvencionado por cada usuario con el que se incumple dicho compromiso.»
«b) Cuando los usuarios no cumplan los requisitos establecidos en la base 4.ª para ser destinatarios del programa conllevará la reducción proporcional de la subvención en la fase en que se incumpla.»