BASES
Primera.– Objeto.
1.– Conforme a lo previsto en el artículo 2 del Decreto 35/2006, de 25 de mayo, se otorgarán cuatro premios, uno en cada una de las siguientes modalidades:
a) Premio a la mejor empresa cooperativa del año.
b) Premio a la mejor iniciativa cooperativa.
c) Premio a la mejor empresa con otras formas jurídicas de economía social.
d) Premio a la persona o entidad que se haya distinguido por su contribución al desarrollo del cooperativismo y la economía social.
2.– Los premios tienen carácter honorífico y consistirán en un trofeo emblemático y la correspondiente acreditación.