Artículo 2.- Finalidad.
Los programas de cualificación profesional inicial tendrán como finalidad acercar la formación a las características y demandas del sistema productivo y favorecer una inserción laboral cualificada y satisfactoria en un ámbito profesional, permitiendo además al alumnado obtener las competencias básicas para la continuación de estudios en las diferentes enseñanzas, desarrollar y afianzar la madurez personal mediante hábitos de trabajo en equipo y la adaptación al contexto laboral.
Primer nivel del programa de cualificación profesional inicial
Artículo 6.- Modalidades.
El primer nivel de los programas de cualificación profesional inicial adoptará alguna de las siguientes modalidades:
a) Iniciación Profesional: Dirigida al alumnado que aspira a obtener una cualificación profesional;
b) Taller Profesional: Dirigida a jóvenes, escolarizados o no, con dificultades para adaptarse al medio escolar y que aspiran prioritariamente a obtener una cualificación profesional;
c) Iniciación Profesional Especial: Dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales, como vía de currículo adaptado, que hayan cursado la escolarización básica en centros educativos ordinarios o de educación especial, en función del respectivo diagnóstico.